La
asistencia a los cursos de capacitación, especialización o ampliación de
estudios y, en general, los de perfeccionamiento convocados por las
Administraciones públicas, así como a la de los módulos o cursos de capacitación
o formación para el ascenso de los miembros de las Fuerzas Armadas y Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado o a la de cursos selectivos para
ingreso en Cuerpos o Escalas mediante la superación de pruebas de promoción
interna, contando con autorización expresa y siempre que se
lleven a efecto fuera del término municipal donde radique su residencia oficial
y cualquiera que sea la duración de los mismos, podrá ser indemnizada, según su
duración y el tipo de alojamiento, o como comisión de servicio o como comisión
de servicio con la consideración de residencia eventual de acuerdo con la
decisión que se adopte al respecto en la correspondiente Orden de
designación.
Disponemos de modelo de escrito para que se pidan las dietas, en el mismo escrito a fin de motivar el cobro de dichas dietas
por los funcionarios que realizaran dichos cursos selectivos se menciona tanto
el RD 462/2002 como la STS, Sala Contencioso, de 7 de Abril de 2006, tambien os
informé de que dichos gastos SOLO LO COBRARIAN LOS FUNCIONARIOS QUE ACCEDIERAN
POR PROMOCION INTERNA, y el motivo de que solo fueran ellos está regulado en
principio en el propio Real Decreto 462/2002 que regula las indemnizaciones por
razón del servicio de los funcionarios, concretamente en su artículo 7, punto
1.
Si necesitas el modelo pidelo a nuestro correo electronico.
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