A LA DIRECCIÓN GENERAL
DE OFICINA JUDICIAL Y FISCAL. CONSEJERÍA DE JUSTICIA E INTERIOR. JUNTA DE
ANDALUCIA. SEVILLA
Asunto: Medidas a adoptar en los Registros civiles de
Andalucía, tras la aprobación del Real
Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el
crecimiento, la competitividad y la eficiencia (BOE, 5 de Julio de 2014)
F.
Javier Toro Morales, Secretario General del Sindicato Profesional de Justicia
de la Unión Sindical Obrera (SPJ-USO) de Andalucía, por medio del presente,
comparezco ante esa Dirección General y como mejor proceda en derecho digo,
PRIMERO.- En el Boletín
Oficial del Estado de fecha 5 de Julio del presente aparece publicado el Real
Decreto arriba indicado, que supone la prórroga de la vacatio legis de la Ley 20/2011, de 21 de julio, en la parte que no
hubiera entrado en vigor, que lo hará el día 15 de julio de 2015.
SEGUNDO.- En el
mencionado Real Decreto, en la Disposición adicional vigésima, se recoge
textualmente lo siguiente:
Disposición
adicional vigésima. Llevanza del Registro Civil.
A partir de la entrada
en vigor en su totalidad de la Ley 20/2011, de 21 de julio, el Registro
Civil estará encomendado a los Registradores de la Propiedad y Mercantiles
que en cada momento tengan a su cargo las oficinas del Registro Mercantil, por
razón de su competencia territorial. Dichas oficinas se denominarán Oficinas
del Registro Civil y Mercantil.
Y en la vigésimo
segunda. Otras modificaciones de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
El Gobierno promoverá,
en el plazo más breve posible, las modificaciones de la Ley 20/2011, de 21 de
julio, necesarias para su adecuación a la llevanza del Registro Civil por los
Registradores de la Propiedad y Mercantiles que en cada momento tengan a su cargo
las oficinas del Registro Mercantil, incluyendo las reglas de competencia para
la inscripción de los hechos y actos que deban acceder al Registro Civil y
el régimen del personal al servicio de la Administración de Justicia destinado
actualmente en el Registro Civil.
Lo que
supone la desjudicialización del Registro Civil, medida que puede acarrear
graves consecuencias para el colectivo al que desde nuestro sindicato
representamos.
En
virtud de lo expuesto es por lo que, SOLICITO:
1.- Se nos
informe sobre la actuación que va a seguir la Administración autonómica de
Andalucía en esta materia, ante el grave hecho que supone la entrega a manos
privadas de los Registros Civiles de Andalucía.
2.- Por
parte de esa Consejería se nos ha dado recientemente traslado de un plan de
Reordenación de efectivos, que afecta a funcionarios judiciales de todas la provincias
de Andalucía. Tras la medida aprobada por el Gobierno central, se pueden ver afectados
varios centenares de funcionarios de la Administración de Justicia, que se
encuentran destinados en los Registros Civiles de nuestra Comunidad Autónoma, por
lo que la prudencia y mesura en la toma de decisiones que afectan no sólo a los
trabajadores sino a familias enteras, aconsejan en nuestra opinión la
SUSPENSIÓN de dicho proceso de Reordenación de efectivos hasta que entre en
vigor la reforma legal prevista o el Ministerio aclare en qué medida afecta a
estos funcionarios la desjudicialización de un servicio público tan importante
como éste, para que no se cause un mayor perjuicio al personal que se pudiera
ver afectado.
Todo ello por ser de Justicia que pido en
Granada a 7 de Julio de 2014.
Fdo.
Javier Toro Morales
SECRETARIO GENERAL DE SPJ-USO ANDALUCIA
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