La Fiscalía del Tribunal Supremo le
ha dado un importante respaldo a las peticiones de los funcionarios de Justicia
al solicitar que se desestime el recurso presentado por la Abogacía del Estado
contra la sentencia de un juzgado sevillano que ordenó devolver la paga
extra de Navidad a un empleado de esta Administración en Sevilla. La
sentencia del Alto Tribunal es clave, porque si desestima el recurso del Estado
y de la Junta de Andalucía podrán solicitar la extensión de la sentencia no sólo
los funcionarios de Justicia de Sevilla, como hasta ahora, sino todos los del
país.
Precisamente, este hecho es el que ha
llevado al Gobierno a personarse en una causa que abrió la Junta al acudir ante
el Supremo alegando «interés de ley». Según indica en sus alegaciones el
abogado del Estado, de confirmarse la sentencia del Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo número 10 de Sevilla sería un «grave daño para el
interés general», pues «el importe económico al que podrían ascender
las consecuencias de la generalización de dicha doctrina excedería de 27 millones de euros,
pudiendo alzarse a más de 63 millones si se consideran afectados por una
situación análoga todos los miembros de las carreras judicial y fiscal y los
contratados laborales integrados en la Administración de Justicia», eso sin
contar «los intereses correspondientes».
Este era el riesgo que corría la
Junta si acudía el Supremo, ya que hasta ahora la extensión de la sentencia
sólo la podían reclamar los 1.800 funcionarios de Justicia de Sevilla, porque
el órgano que dictó la sentencia sólo tiene competencia para la
provincia. «Esperamos que el Supremo falle a nuestro favor porque esto supone que
todos los funcionarios podrán reclamar la extra, sin que haya discriminación
por provincias».
El fiscal explica en su escrito de
alegaciones, al que tuvo acceso este periódico, que «comparte» el criterio de la Abogacía del Estado de
que la resolución judicial «pueda calificarse de errónea», aunque precisando
que «tal coincidencia se limita al rechazo» de la forma en la que el juez de
Sevilla «justifica su resolución estimatoria». Sin embargo, para el Ministerio
Público esto no «conduce necesariamente» a que el Supremo «asuma la
doctrina» del Ministerio Justicia, pues discrepa en la forma en que se dictó el
decreto que supuso la supresión de la paga y la posterior modificación de la
Ley Orgánica del Poder Judicial para recoger esta eliminación.
En definitiva, la Fiscalía considera
que la sentencia recurrida «incurre en una evidente infracción del principio de
legalidad», pues cree que el magistrado debería haberse declarado incompetente
para resolver la demanda del funcionario y haber planteado una cuestión de
inconstitucionalidad para que resolviera el Tribunal Constitucional. De hecho,
el propio Supremo dictó un auto el pasado 2 de abril en el que, por otro caso
de reclamación de la paga extra que afecta a todos los funcionarios en general,
elevó el asunto al Constitucional. Este auto, «ha condicionado
en gran parte el escrito del fiscal», pues marca una senda «al señalar que la
supresión de la paga no puede tener carácter retroactivo».
La clave en el caso de los empleados
públicos de Justicia está en la modificación de Ley Orgánica, pues se hizo seis
meses después de dictarse el Real Decreto, «cuando el derecho de
la paga estaba ya devengado». El fiscal cree que «la supresión
de la paga en Justicia exigía una singular operación de adaptación o
coordinación normativa» para que fuera «realmente
efectiva», lo que no se llevó a cabo y por ello solicita que se «desestime» el
recurso de la Abogacía del Estado.
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