Como ya os informamos
en el BOE 10 de diciembre, se ha publicado, Resolución de 25 de noviembre de
2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se
modifica la de 28 de diciembre de 2012, por la que se dictan instrucciones
sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la
Administración General del Estado y sus organismos públicos. La resolución del
BOE también amplía el periodo de adaptación laboral, con una reducción de
jornada del 25%, sin penalización en la nómina, a funcionarios en tratamiento
por quimioterapia que se incorporen al trabajo, u otro tratamiento de especial
gravedad.
Esta adaptación podrá
extenderse hasta un mes desde el alta médica y afectar hasta un 25% de la
duración de la jornada diaria, "preferentemente" en la parte flexible
de la misma, considerándose como tiempo de trabajo efectivo.
La Administración podrá
conceder esta adaptación progresiva cuando la misma contribuya "a la plena
recuperación funcional" del trabajador o evite situaciones de
"especial dificultad o penosidad" en el desempeño de su trabajo.
Se trata de paliar así
la situación de empleados públicos a quienes, tras recibir el alta médica
después de modalidades específicas de tratamientos médicos. La solicitud para
acogerse a esta medida deberá ir acompañada de documentos que acrediten la
existencia de esta situación.
"La Administración
deberá resolver sobre la misma en un plazo de tres días, sin perjuicio de que,
para comprobar si procede o no conceder esta adaptación progresiva al trabajo,
pueda recabar informes al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales o de
cualquier otro órgano que considere oportuno sobre el tratamiento recibido por
el empleado público afectado o las actividades de rehabilitación que le hayan
sido prescritas", señala el texto.
Este plazo podrá
ampliarse en un mes cuando el empleado público justifique la persistencia en su
estado de salud de las circunstancias derivadas del tratamiento de radioterapia
o quimioterapia.
Asimismo, con carácter
excepcional y en estos mismos términos, esta adaptación de jornada podrá
solicitarse en procesos de recuperación de otros tratamientos "de especial
gravedad". "En estos supuestos, se analizarán las circunstancias que
concurren en cada caso para resolver favorable o desfavorablemente la
solicitud".
Esta resolución tiene
repercusión en la Administración de Justicia, para el ámbito transferido, ya
que debe ser una referencia en la medida que produzcan mejoras en las
condiciones de trabajo y no estén recogidas en la normativa del ámbito
correspondiente. SPJ-USO PEDIRA SU INCLUSIÓN EN LA NORMATIVA DE JORNADA Y
HORARIO QUE PROXIMAMENTE SE NEGOCIARA.
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