miércoles, 30 de abril de 2014

UN POCO DE PREVENCIÓN E INFORMACIÓN

Ya está llegando el buen tiempo, y como consecuencia, las temperaturas altas, como suele suceder, en las oficinas no nos ponemos de acuerdo a la hora de poner el aire acondicionado, y mucho menos la temperatura, aquí os dejamos unos apuntes, extraidos de la Guia Técnica del INSHT, y regulado en el R.D. 487/1997.



"4.2.4
Calor y humedad
Los equipos no deberán producir un calor adicional que pueda ocasionar molestias a los trabajadores y deberá mantenerse un nivel de humedad aceptable.
En este sentido, las recomendaciones de la Guía Técnica indican que la temperatura operativa en verano debería mantenerse entre 23º y 26ºC, mientras que en invierno, el rango de temperatura recomendado está entre 20º y 24ºC.

El cálculo de la temperatura operativa tiene en cuenta no sólo la temperatura del aire, sino también la temperatura radiante y la velocidad del aire. Aunque existen fórmulas para su cálculo, en la práctica, cuando la velocidad del aire es despreciable (inferior a 0,2 m/s) o cuando la diferencia entre la temperatura del aire y la temperatura radiante es pequeña (inferior a 4ºC), puede considerarse como la media entre la temperatura del aire y la temperatura radiante.

Para la humedad relativa, la Guía Técnica recomienda que se mantenga entre 45% y 65%, con el fin de prevenir los trastornos derivados de la sequedad del ambiente, especialmente los efectos sobre ojos y mucosas. 

Existen otros factores que pueden ser causa de disconfort térmico como son la asimetría de planos radiantes, la diferencia vertical de temperaturas, etc., que en ocasiones es preciso tener en cuenta."

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