Ya está llegando el buen tiempo, y como consecuencia, las temperaturas altas, como suele suceder, en las oficinas no nos ponemos de acuerdo a la hora de poner el aire acondicionado, y mucho menos la temperatura, aquí os dejamos unos apuntes, extraidos de la Guia Técnica del INSHT, y regulado en el R.D. 487/1997.
"4.2.4
Calor
y humedad
Los
equipos no deberán producir un calor adicional que pueda ocasionar molestias a
los trabajadores y deberá mantenerse un nivel de humedad aceptable.
En
este sentido, las recomendaciones de la Guía Técnica indican que la temperatura operativa
en verano debería mantenerse entre 23º y 26ºC, mientras que en invierno, el rango
de temperatura recomendado está entre 20º y 24ºC.
El
cálculo de la temperatura operativa tiene en cuenta no sólo la temperatura del
aire, sino también la temperatura radiante y la velocidad del aire. Aunque
existen fórmulas para su cálculo, en la práctica, cuando la velocidad del aire
es despreciable (inferior a 0,2 m/s) o cuando la diferencia entre la
temperatura del aire y la temperatura radiante es pequeña (inferior a 4ºC),
puede considerarse como la media entre la temperatura del aire y la temperatura
radiante.
Para
la humedad relativa, la
Guía Técnica recomienda que se mantenga entre 45% y 65%, con
el fin de prevenir los trastornos derivados de la sequedad del ambiente,
especialmente los efectos sobre ojos y mucosas.
Existen
otros factores que pueden ser causa de disconfort térmico como son la asimetría
de planos radiantes, la diferencia vertical de temperaturas, etc., que en
ocasiones es preciso tener en cuenta."
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