La
campaña de IRPF e Impuesto de Patrimonio 2013 está en marcha y
Expansión, con la colaboración de la Asociación de Asesores Fiscales,
resuelve en una guía, que puede consultar aquí, las dudas más frecuentes
que surgen a la hora de realizar la declaración de la renta.
En
los supuestos de declaraciones a pagar, ya sea mediante la presentación
de la declaración o mediante la confirmación del borrador
correspondiente, el contribuyente podrá optar por realizar el ingreso en
un solo pago o por fraccionar el importe en dos pagos: un primer pago,
del 60% del importe a ingresar, en el momento de la presentación de la
declaración y un segundo pago, del 40% restante a pagar hasta el 5 de
noviembre de 2014.
No
son fraccionables los importes a ingresar de las declaraciones de la
renta presentadas fuera de plazo (después del 30 de junio), así como de
las declaraciones complementarias.
Por
su parte, si el contribuyente recibe el borrador de la declaración
resultando una cantidad a devolver por la Administración, debe solicitar
expresamente la devolución del importe resultante.
De
esta manera, tiene que reclamar la devolución por medio del Documento
de Ingreso o Devolución –modelo100– que acompaña al borrador, mediante
la confirmación del mismo.
El
importe a devolver nunca será superior a la suma de las retenciones,
ingresos a cuenta y pagos fraccionados del IRPF, así como las cuotas del
Impuesto sobre la Renta de no Residentes satisfechas por el
contribuyente, más el importe, si procede, de la deducción por
maternidad.
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