SPJ-USO
ANDALUCIA UNICO SINDICATO QUE RECURRIO LA NUEVA NORMATIVA I.T MUY
PERJUDICIAL PARA NUESTRO COLECTIVO Y QUE FIRMARON OTROS SINDICATOS (CSIF, CCCO Y UGT. STAJ
MIRO PARA OTRO LAGO EN ESOS MOMENTOS LAMENTABLEMENTE) EN ANDALUCIA.
A petición
de nuestros compañeros/as que nos preguntan en qué estado se encuentra este
tema en los Tribunales, decir que estamos PENDIENTES QUE SE DICTE SENTENCIA, de
su resultado os informaremos puntualmente.
A
continuación reproducimos LA INFORMACION difundida en su momento:
SPJ-USO logra dos importantes sentencias
contra la discriminación de los funcionarios de justicia durante la I.T.
Estas
sentencias ponen en evidencia la discriminación sufrida por parte de los
funcionarios de Justicia de Andalucía, respecto del resto de
funcionarios de la Junta de Andalucía, que en similares circunstancias han
percibido y perciben el 100 % de sus retribuciones
Las sentencias dictadas por el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo nº 4 de Granada a raíz de sendas demandas realizadas
por los servicios jurídicos del SINDICATO PROFESIONAL DE JUSTICIA
(SPJ-USO), reconocen el derecho de los demandantes a percibir el complemento
específico que se les dejó de abonar a partir del sexto mes de
baja. Los funcionarios de Justicia hemos sido
injustamente discriminados en esta materia por parte de la Administración
Andaluza durante más de siete años, a pesar de las reiteradas peticiones
realizadas por SPJ-USO para que esta detracción, que supone
en torno a los 500 euros mensuales (es decir prácticamente un tercio de las
retribuciones brutas de los trabajadores afectados) dejase de realizarse.
Pero la discriminación es aún más patente si se tiene
en cuenta que los cuerpos superiores de Justicia, Jueces, Fiscales y
Secretarios Judiciales (cuyas retribuciones son muy superiores a las de los
cuerpos generales de Justicia) en situación similar no sufrían perjuicio económico
alguno ni se les detraía ninguna cantidad de sus retribuciones.
La Consejería de Justicia, obligada por la
última modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, tuvo que
dictar el pasado año el Decreto 61/13 por el que reconoce el derecho a percibir
este complemento, pero el mismo seguía sin contemplar ni resolver las
situaciones concretas que se había producido con anterioridad a la fecha de su
entrada en vigor el 29 de junio de 2013, y que ahora estas sentencias se
encargan de reconocer plenamente.
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