Navidad suena a alegría, luz y color, pero también a algo mas terrenal como la
paga extraordinaria. En el caso de los funcionarios la paga extraordinaria de
2012 sigue coleando judicial y administrativamente hasta el punto de que la
Disposición Adicional 12ª del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del
Estado parece facilitar la recuperación de la cuarta parte de la paga
extraordinaria “escamoteada” al personal del sector público.
Sin embargo “no es oro todo lo que reluce” y las
Píldoras del Conocimiento de la Fundación Internacional OCU (Portal de la Fundación), con su formato de breve y viva
entrevista, me brindaron la posibilidad de opinar y situar en diez minutos el
estado de la cuestión de la “controvertida” paga extra, que “podrá” recuperarse
al estilo castizo: ” parte, tarde y mal”.
Por su parte, José Antonio Ruiz Sainz-Aja nos
aclara el problema de la declaración tributaria de la paga extraordinaria en
caso de aquéllos afortunados que la recuperaron como pago suplementario en
nómina ( por sentencia, acto de reconocimiento unilateral de la Administración)
en este estupendo post del Blog espublico.
Y si alguien siente interés por profundizar en
las curiosidades jurídicas de las nóminas que todo funcionario debería saber,
aquí rescato mi viejo post al respecto.
También Antonio Arias (fiscalizacion.es) nos
aclara con idéntico formato de entrevista viva, las exigencias de contabilidad
para las Administraciones Públicas, azuzadas por Eurostat (Oficina Estadística
de la Comisión) y como las prácticas del pasado de financiación de contratos por
las Administraciones Públicas traen consecuencias para las generaciones
futuras.
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