"El
personal funcionario de carrera de los Cuerpos al servicio de la
Administración de Justicia se regirá por las normas contenidas en
esta ley orgánica, en las disposiciones que se dicten en su
desarrollo y, con carácter supletorio, en lo no regulado
expresamente en las mismas, por la normativa del Estado sobre Función
Pública".
CUERPOS
GENERALES: Gestión, Tramitación procesal y administrativa,
y Auxilio Judicial.
CUERPOS
ESPECIALES: Médicos Forenses, Facultativos del Instituto
Nacional de toxicología y Ciencias Forenses, Técnicos Especialistas
del INTCF y Ayudantes de Laboratorio del INTCF.
El
Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia (Secretarios
Judiciales), se les considera un Cuerpo "Superior Jurídico".
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