lunes, 9 de noviembre de 2015

Oposiciones de Justicia: titulaciones exigidas por cuerpos

La LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL en su artículo 474 dispone:
"El personal funcionario de carrera de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia se regirá por las normas contenidas en esta ley orgánica, en las disposiciones que se dicten en su desarrollo y, con carácter supletorio, en lo no regulado expresamente en las mismas, por la normativa del Estado sobre Función Pública".

CUERPOS GENERALES: Gestión, Tramitación procesal y administrativa, y Auxilio Judicial.

CUERPOS ESPECIALES: Médicos Forenses, Facultativos del Instituto Nacional de toxicología y Ciencias Forenses, Técnicos Especialistas del INTCF y Ayudantes de Laboratorio del INTCF.

El Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia (Secretarios Judiciales), se les considera un Cuerpo "Superior Jurídico".
 

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