La indemnización por
despido tributará a partir de dos mil euros por cada año de servicio.
Se modifica el Art. 7
(Rentas exentas) en su apartado e) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre,
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial
de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes
y sobre el
Desde 2010 las
indemnizaciones por despido estaban exentas del IRPF hasta el límite
superiores a 45 días por año trabajado, con la reforma de 2012 se requirió una
sentencia judicial o un acta de conciliación que declarara el despido para no
gravar hasta los 33 días por año de servicio, lo cual aumentó considerablemente
los actos de conciliación para evitar el gravamen.
Con esta nueva reforma
se gravan las indemnizaciones por extinción de contrato que estén por encima de
los 2.000 euros por año de servicio.
Esta medida puede
afectar de forma muy negativa a la negociación colectiva, ya que el hecho que
la Agencia Tributaria también esté presente en las mesas de negociación
puede tensionar todavía más las relaciones laborales y hacer más difícil el
acuerdo en los conflictos colectivos. Siendo el trabajador, que además se
queda sin empleo, el más perjudicado.
El texto del
anteproyecto publicado en la página web del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas se remitirá a las comunidades autónomas y a los
distintos interlocutores sociales y se abrirá un periodo de información
pública. La reforma tendrá dos fases de aplicación, la primera desde el 1 de
enero de 2015 (año de elecciones), y la segunda a partir del 1 de enero de
2016.
El Gobierno quiere que
esta nueva tributación se aplique de forma inmediata, es decir a todos los
trabajadores y trabajadoras que sean despedidos a partir del 20 de junio. Esta
premura pretende evitar que se adelanten algunos despidos o que incluso se
pacten extinciones de forma fraudulenta si esta norma no entrara en vigor hasta
el año que viene con afán recaudatorio.
Para la Secretaria Confederal de Acción Sindical e Igualdad, Sara
García, “esta medida penaliza doblemente al trabajador, que aparte
de quedarse sin empleo y con pocas perspectivas de encontrar otro a corto
plazo, deberá perder más poder adquisitivo con la retención que se le aplicará
a su indemnización por despido, ya mermada anteriormente con la reforma
laboral. Una vez más, por mucha propaganda y fuegos artificiales que nos echen,
pagamos los de siempre”.
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