jueves, 15 de noviembre de 2012

DESHACIENDO EL DESAGUISADO

 ACLARACIÓN SOBRE LA “BOLSA DE HORAS” A RAÍZ DE LAS ERRÓNEAS EXPLICACIONES QUE HA DADO ALGÚN SINDICATO… TODOS SABEMOS CUAL

Ante las dudas suscitadas por la información difundida por algún sindicato, que como poco ha causado cierta “alarma”, queremos hacer las siguientes aclaraciones con respecto a la bolsa de horas y a la “devolución” de las horas que echemos de menos por vacaciones, asuntos particulares y jornada reducida.

Si bien es verdad que el mes de vacaciones, los tres días de asuntos particulares y las horas que echemos de menos por jornadas reducidas no computan como horas efectivas realizadas, ello no significa, como va explicando algún sindicato mesa por mesa, que tengamos que devolver todas esas horas (que sumarían 198 horas) de manera adicional a las que realizamos con el cumplimiento normal de la jornada.

Para 2013 tendremos que cumplir 1.625 horas efectivas. Con la realización de la jornada normal y reducida (sin computar, como decimos, el mes de vacaciones, los tres días de asuntos particulares y las horas que echamos de menos por jornadas reducidas) cumpliríamos un total de 1.613 horas, por lo que, para llegar a las 1.625 horas nos faltarían sólo 12 horas (no 198 horas).

Con las 12 horas a las que nos hemos referido en el párrafo anterior se crea la poco conocida bolsa de horas. Estas horas tampoco habría que devolverlas a nuestro antojo de forma adicional al cumplimiento de nuestra jornada, sino que de las mismas se va a hacer uso única y exclusivamente para la práctica de diligencias urgentes e inaplazables… Nada más, es decir, no se van a usar para que el Juez o Secretario te digan que te quedes un día hasta más tarde porque hay atasco en el Juzgado por poner un posible ejemplo de mal uso. Si no “devuelves” las horas de la bolsa de horas porque no ha habido diligencias urgentes e inaplazables, esas horas se consideran efectivamente realizadas, es decir, ni nos las van a descontar del sueldo ni las vamos a tener que devolver de otro modo.

En cualquier caso, tendremos que esperarnos a ver el texto definitivo que regule todo lo anterior, pero lo expuesto es el compromiso manifestado por la Administración tras las negociaciones.

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