NO SE TRATA DE UNA DEVOLUCION DE PAGA EXTRA SINO UNA
COMPENSACION.
EL ABONO NO SE REALIZARA PREVISIBLEMENTE HASTA 2013.
Como recordareis en el año 2010 el
gobierno de Zapatero nos bajó las retribuciones por todos los conceptos. Esta
reducción para los funcionarios de las restantes Administraciones fue mayor en
la paga extraordinaria que en el sueldo
ordinario, es decir que se concentró un parte sustancial (en torno al 30 %) de la reducción total, en sus pagas extraordinarias, cosa
que no ocurrió para nuestro colectivo, donde la reducción en pagas extras fue
similar a la del resto de nuestras retribuciones mensuales. Como consecuencia
de ello la paga extraordinaria de los funcionarios de la Administración de
Justicia es en la actualidad superior a la correspondiente a los cuerpos
generales de la
Administración.
Al eliminarse la paga extra de
diciembre de 2012, el recorte que se produce este año es significativamente
superior para los funcionarios de la Administración de Justicia que para el resto de
empleados públicos y esto está motivado por la distinta forma de llevarse a
efecto los recortes en el año 2010, como antes os hemos explicado.
Habiéndose comprobado dicho extremo por la Administración se
ha introducido en la reciente Ley de Tasas una modificación del RDL
20/2012 mediante la cual lo que hace el
gobierno es equiparar (en términos porcentuales) nuestro recorte de este año al
del resto de empleados públicos.
El abono de la compensación que nos
corresponde no se realizara, presumiblemente, hasta el 2013.
La cantidad aproximada que nos tienen que devolver se
obtiene de la diferencia, en los porcentajes sobre el salario anual, entre lo
que supone la eliminación de la paga extra en la Administración de
Justicia respecto a la eliminación de la paga en la AGE, es decir que supondría
(aproximadamente y a falta de la cuantificación que haga la Administración):
Gestión Procesal:
1,72 % del salario anual de diferencia a nuestro
favor(1,72% de 1.108,61 X 14 pagas
=
266,95 €)
Tramitación Procesal:
0,84 % del salario anual de diferencia a nuestro
favor (0,84 % de 911,18 X 14 pagas
=
107,15 €)
Auxilio Judicial:
0,06 % del salario anual de diferencia a nuestro
favor (0,06 % de 826,49 X 14
pagas =
6,94 €).
TRIENIOS:
NUEVOS (POR CADA TRIENIO)
|
ANTIGUO (POR CADA TRIENIO)
|
||
GESTION
|
13,00 €
|
GESTION
|
10,00 €
|
TRAMITACION
|
5,00 €
|
TRAMITACION
|
4,00 €
|
AUXILIO
|
0,36 €
|
AUXILIO
|
0,26 €
|
Hemos solicitado a la Administración su
abono, asimismo que nos
indiquen en qué forma y cuando lo van a
pagar.
En cuanto tengamos más información os la
remitiremos.
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