viernes, 23 de junio de 2017

SPJ-USO. Ley Jurisdicción Voluntaria: enmiendas que el Senado remite al Congreso para su aprobación definitiva.

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES de fecha 21.6.17 publica:

ENMIENDAS DEL SENADO MEDIANTE MENSAJE MOTIVADO

122/000059 Proposición de Ley de modificación de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria.


"Se introduce un nuevo apartado Cuatro por el que se modifica el apartado Doce de la disposición final cuarta de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, que modifica la disposición final décima de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, en lo relativo a la entrada en vigor.

En el párrafo primero de la disposición final décima, la entrada en vigor se fija el 30 de junio de 2018 con la excepción de las disposiciones adicionales y finales de inmediata entrada en vigor que ya establece el texto vigente, y los artículos 49.2 y 53 cuya entrada en vigor tendrá lugar el día 30 de junio de 2017.
 
Artículo único. Uno

El contenido de este apartado se modifica para introducir una modificación en el párrafo primero del apartado 2 de la disposición transitoria cuarta de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria; la referencia a los expedientes matrimoniales que se inicien antes del 30 de junio de 2017, se sustituye ahora por una referencia a la «completa entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil» y ello en atención a que la expresada fecha deja de ser la de la completa entrada en vigor de la ley citada.

Se modifica en consonancia la numeración de los apartados de modo que sigan el orden de las disposiciones de la Ley objeto de modificación.

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