Los contratos de
interinos serán para plazas urgentes pero sin plazo máximo de tres años, según
la enmienda modificada incluida en los Presupuestos Generales del Estado de
2017.
El Pleno del Congreso de los
Diputados ha aprobado una enmienda al proyecto de Ley de Presupuestos Generales
del Estado (PGE) de 2017 que elimina la limitación de la duración de los
contratos de interinos en la Administración a un máximo de tres años que
recogía el texto inicial del Gobierno.
Los grupos parlamentarios del PP
y del PSOE han pactado modificar la enmienda que había sido aprobada en la
Comisión de Presupuestos y que pactada por PP y Ciudadanos que limitaba los
contratos de los interinos a un máximo de tres años a excepción de las plazas
que se consideraban urgentes o de sectores prioritarios como la Educación o la
Sanidad.
Así, desde ahora sólo las Administraciones
Públicas sólo permitirán contratar personal interino para cubrir plazas
urgentes e inaplazables pero en ningún caso, estas contrataciones se limitarán
en el tiempo.
A partir de la entrada en vigor
de las cuentas de 2017 "no se podrá proceder a la contratación de personal
temporal, así como al nombramiento de personal estatutario temporal y de
funcionarios interinos excepto en casos excepcionales y para cubrir necesidades
urgentes e inaplazables", según reza el texto aprobado ayer en el Pleno del
Congreso.
La enmienda ha salido adelante
por 268 votos favor y 81 abstenciones, entre las que se encontraban los
diputados de Unidos Podemos. La decisión afectará a toda la administración
pública, tanto local como autonómica y a sociedades mercantiles, consorcios o
fundaciones.
Modificación
En concreto, la enmienda aprobada
modifica el apartado dos del artículo 19 del proyecto de ley, que finalmente
recoge que "no se podrá proceder a la contratación de personal temporal,
así como al nombramiento de personal estatutario temporal y de funcionarios
interinos excepto en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e
inaplazables".
De esta manera, se elimina del
texto original la parte que hacía referencia a una serie de restricciones. En
concreto, en el proyecto inicial se apuntaba que sólo se podrían contratar
interinos en "sectores, funciones y categorías profesionales que se
consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios
públicos esenciales".
También se ha eliminado la parte
que recogía que "la duración del contrato o del nombramiento no podrá ser
superior a tres años, sin que puedan encadenarse sucesivos contratos o
nombramientos con la misma persona por un período superior a tres años,
circunstancia esta que habrá de quedar debidamente reflejada en el contrato o
nombramiento". EXPANSION.COM
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