"«Artículo
3. Horario
general.
1.
El horario
en el
que se
realizará la
jornada ordinaria
estará comprendido:
a)
De una
parte fija,
que será
de cinco
horas y
treinta minutos
diarios de
obligada presencia
continuada entre
las 8,30
y las
14,30 de
lunes a
viernes.
b)
De una
parte flexible,
que se
distribuirá, para
alcanzar la
totalidad de
la jornada
ordinaria semanal
de 37
horas y
30 minutos,
entre las
7,30 horas
y las
8,30 horas
y entre
las 14,30
horas y
las 19,00
horas los
lunes, los
martes y,
previa petición
justificada de
la persona
interesada dirigida
a los
órganos territoriales
provinciales de
la Consejería
competente en
materia de
justicia y
con la
antelación necesaria
para la
organización del
servicio, los
jueves, y
entre las
14,30 horas
y las
16,00 horas
los miércoles
y los
viernes.
No
será necesaria
la autorización
del órgano
territorial provincial
de la
Consejería competente
en materia
de justicia
cuando el
edificio donde
se encuentre
el centro
de destino
al que
está adscrito
el puesto
de trabajo
desempeñado por
la persona
interesada permanezca
abierto el
jueves entre
las 7,30
y las
19,00 horas.
2.
Se podrá
disfrutar de
una pausa
por un
periodo de
treinta minutos,
que se
computará como
de trabajo
efectivo y
no podrá
afectar a
la prestación
de los
servicios.»
«Artículo
9. Jornada
de verano.
1.
Durante el
período comprendido
entre el
16 de
junio y
el 15
de septiembre,
ambos inclusive,
de conformidad
con lo
establecido en
el artículo
octavo de
la Orden
JUS/615/2012, de
1 de
marzo, la
jornada general
de trabajo
se efectuará
en jornada
intensiva de
32 horas
y 30
minutos semanales,
a realizar
desde las
7,30 horas
a las
15,30 horas
de lunes
a viernes,
con obligada
presencia de
cinco horas
y treinta
minutos diarios
continuados entre
las 8,30
y las
14,30.
2.
La jornada
prevista en
el apartado
anterior se
establece sin
perjuicio de
garantizar la
recepción de
los escritos
en el
horario establecido
en las
normas procesales.La orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación y Hermes ya está adaptado a la nueva norma a partir de ese día .
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