miércoles, 5 de octubre de 2016

ULTIMA HORA PUBLICACION DIA 6 OCTUBRE MODIFICACION ORDEN JORNADA Y HORARIO.

La Consejeria de Justicia nos informan desde BOJA que el próximo dia 6 de octubre se publicará la "Orden de 26 de septiembre de 2016, por la que se modifica la Orden de 12 de febrero de 2013, por la que se distribuye la jornada y se fija el horario de trabajo en el ámbito de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como se determina el calendario laboral para 2013".  La citada Orden modifica el horario general y la jornada de verano, que se establece de la siguiente manera:


"«Artículo 3. Horario general.
1. El horario en el que se realizará la jornada ordinaria estará comprendido:
a) De una parte fija, que será de cinco horas y treinta minutos diarios de obligada presencia continuada entre las 8,30 y las 14,30 de lunes a viernes.
b) De una parte flexible, que se distribuirá, para alcanzar la totalidad de la jornada ordinaria semanal de 37 horas y 30 minutos, entre las 7,30 horas y las 8,30 horas y entre las 14,30 horas y las 19,00 horas los lunes, los martes y, previa petición justificada de la persona interesada dirigida a los órganos territoriales provinciales de la Consejería competente en materia de justicia y con la antelación necesaria para la organización del servicio, los jueves, y entre las 14,30 horas y las 16,00 horas los miércoles y los viernes.
No será necesaria la autorización del órgano territorial provincial de la Consejería competente en materia de justicia cuando el edificio donde se encuentre el centro de destino al que está adscrito el puesto de trabajo desempeñado por la persona interesada permanezca abierto el jueves entre las 7,30 y las 19,00 horas.
2. Se podrá disfrutar de una pausa por un periodo de treinta minutos, que se computará como de trabajo efectivo y no podrá afectar a la prestación de los servicios.»

«Artículo 9. Jornada de verano.
1. Durante el período comprendido entre el 16 de junio y el 15 de septiembre, ambos inclusive, de conformidad con lo establecido en el artículo octavo de la Orden JUS/615/2012, de 1 de marzo, la jornada general de trabajo se efectuará en jornada intensiva de 32 horas y 30 minutos semanales, a realizar desde las 7,30 horas a las 15,30 horas de lunes a viernes, con obligada presencia de cinco horas y treinta minutos diarios continuados entre las 8,30 y las 14,30.
2. La jornada prevista en el apartado anterior se establece sin perjuicio de garantizar la recepción de los escritos en el horario establecido en las normas procesales.
La orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación y Hermes ya está adaptado a la nueva norma a partir de ese día .

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