jueves, 13 de octubre de 2016

DEVOLUCION PAGA EXTRA 2012 CATALUÑA FUNCIONARIOS FUERA DE CATALUÑA

Todos aquellos trabajadores que no estén prestando servicios en Cataluña (trasladados, jubilados, etc) deberán presentar la solicitud en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación en el DOGC , que está previsto para mañana, 14 de octubre.

 NOTA INFORMATIVA del ministerio de justicia.- Informando de la devolución de la paga extra de 2012 en la Comunidad de Cataluña:
“El Gobierno catalán aprobará hoy un Decreto-Ley para llevar a cabo la devolución de la paga extra de 2012 en la nómina del mes de noviembre de 2016. La publicación del Decreto-Ley en el DOGC está prevista para el 14 de Octubre.

El Decreto-Ley dispone que se abonará la paga extraordinaria de oficio a todos aquellos que estén prestando servicios en la Administración de Justicia en Cataluña en la fecha de entrada en vigor de la norma. Por el contrario, la devolución a todos aquellos que por cualquier motivo no estén prestando servicios en Cataluña, se llevará a cabo previa solicitud del interesado. La solicitud estará disponible en la web del Departamento de Justicia (www.justicia.gencat.cat) y en la intranet (www.justicia.intranet.gencat.cat) El Decreto-Ley prevé un plazo de 10 días hábiles para presentar la solicitud.”

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