Todos aquellos trabajadores que no estén prestando servicios en Cataluña (trasladados, jubilados, etc) deberán presentar la solicitud en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación en el DOGC , que está previsto para mañana, 14 de octubre.
NOTA INFORMATIVA del ministerio de justicia.- Informando de la devolución de la paga extra de 2012 en la Comunidad de Cataluña:
“El Gobierno catalán aprobará hoy un Decreto-Ley para llevar a cabo la devolución de la paga extra de 2012 en la nómina del mes de noviembre de 2016. La publicación del Decreto-Ley en el DOGC está prevista para el 14 de Octubre.
“El Gobierno catalán aprobará hoy un Decreto-Ley para llevar a cabo la devolución de la paga extra de 2012 en la nómina del mes de noviembre de 2016. La publicación del Decreto-Ley en el DOGC está prevista para el 14 de Octubre.
El Decreto-Ley dispone que se abonará la paga extraordinaria de oficio a todos aquellos que estén prestando servicios en la Administración de Justicia en Cataluña en la fecha de entrada en vigor de la norma. Por el contrario, la devolución a todos aquellos que por cualquier motivo no estén prestando servicios en Cataluña, se llevará a cabo previa solicitud del interesado. La solicitud estará disponible en la web del Departamento de Justicia (www.justicia.gencat.cat) y en la intranet (www.justicia.intranet.gencat. cat) El Decreto-Ley prevé un plazo de 10 días hábiles para presentar la solicitud.”
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