miércoles, 18 de diciembre de 2013

GRUPO DE TRABAJO SOBRE “ORDEN DE INTERINOS”


SPJ-USO SE QUEDA SOLO EN DEFENSA DEL “EXAMEN APROBADO” COMO UNICO REQUISITO PARA ACCEDER A LA BOLSA DE INTERINOS

Después del intento fallido de la Consejería de aprobar la nueva regulación de interinos en la pasada reunión del día 4 de diciembre, y que finalmente se retiro del orden del día gracias a la presión sindical porque entendíamos que no se había realizado una verdadera negociación sobre la misma, hoy ha sido objeto de una reunión monotemática y tras cinco horas de reunión tan solo se han visto cuatro artículos del texto de la orden.

            En primer lugar desde SPJ-USO hemos aclarado que nuestra pretensión no es la de negociar la redacción de una nueva orden,   sino limitarnos a reformar la vigente Orden de 2006 en aquello que se estime necesario y positivo,  pues desde nuestro sindicato seguimos opinando que esta Orden,  que contó en su día con el apoyo de todos los sindicatos,   es una de las mejores regulaciones sobre esta materia de todo el Estado.     El mantenimiento de la orden de 2006,   como propone SPJ-USO,  implicaría que todos los que están integrados actualmente  en bolsa continúen estándolo sin condicionamiento alguno.       En este particular SPJ-USO no ha sido respaldado por los restantes sindicatos, que han entrado al trapo de la Consejería,  sin reparos,   en su pretensión de  negociar una nueva Orden de Interinos.

            RESPECTO DEL ARTÍCULADO,  os resumimos lo acontecido:
Articulo 1.- En el que ha habido acuerdo de todas las partes en su contenido.
Articulo 2.- En el que también ha habido consenso en su redacción.
Articulo 3.- Cuyo análisis se ha supeditado al acuerdo sobre los artículos 4 y 5.
Artículo 4.- En este artículo se ha introducido una de las alegaciones efectuadas por SPJ-USO consistente en permitir el acceso a la bolsa de tramitación a aquellos solicitantes que acrediten haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

            Igualmente se ha admitido la alegación presentada por SPJ-USO  en el sentido de que se establezca un nuevo requisito para poder acceder a la bolsa según el cual los solicitantes no pueden ser funcionario o personal laboral fijo en activo en cualquier administración publica.

            En cuanto al requisito del examen aprobado para poder acceder a la bolsa tanto de Gestión, Tramitación y Auxilio, y que SPJ-USO solicitó también su cumplimiento para el cuerpo de Médicos Forenses, la Administración no ha admitido su exigencia a este ultimo cuerpo, al que sólo se le exigirá el haberse presentado a las pruebas selectivas, alegando que de no ser así no habría candidatos suficientes a incluirse en la bolsa de Médicos Forenses.  Desde SPJ-USO volvimos a reiterar que este requisito, consistente en tener un examen aprobado del proceso selectivo correspondiente, es el único requisito objetivo y que respeta los principios constitucionales de igualdad, merito y capacidad para el acceso a la función publica, y que esta recogido en el resto de bolsas de personal interino y eventual existentes en la Administración Andaluza y en la propia Orden de interinos de justicia de 2006, actualmente vigente.

            Mientras tanto la Administración se ha empeñado en introducir un segundo requisito para los solicitantes que no lo cumplan, para que puedan ser incluidos en la bolsa tan solo con acreditar un determinado tiempo de experiencia en el cuerpo de la bolsa a la que se pretenda acceder, tiempo que la Consejería ha fijado en un principio en DOCE MESES, y que por los sindicatos CC.OO, UGT y STAJ,  que han aceptado su inclusión, han solicitado que sea, respectivamente, CUALQUIER EXPERIENCIA, sin un mínimo (CC.OO.), TRES MESES DE EXPERIENCIA (UGT) Y TREINTA Y SEIS MESES DE EXPERIENCIA (STAJ), mientras que CSIF finalmente NO SE HA OPUESTO a que se pueda entrar en la bolsa de interinos con cualquiera de los dos requisitos, siendo SPJ-USO el único sindicato que se ha opuesto frontalmente a la aceptación de ese segundo requisito de la experiencia para poder acceder a la bolsa.   Ante el posicionamiento de todos los sindicatos en este asunto,  la Consejería ha llegado a comentar que había una mayoría de 4 sindicatos (incluyendo a CSIF) favorables a considerar la experiencia como segundo requisito para entrar en bolsa,  afirmación esta que no ha sido rebatida por ningún sindicato.   La postura de la Administración es que tanto el examen aprobado como la experiencia que se acredite, en principio, sería posible alegarlos como requisitos y como méritos baremables.
Articulo 5.-  En este apartado se ha hecho valer la propuesta de SPJ-USO de primar más la baremación de la experiencia que el resto de méritos baremables, seguido por las pruebas superadas de las oposiciones, y muy por detrás, la formación  y la titulación académica, criterio seguido por el resto de organizaciones sindicales salvo STAJ que apuesta por primar más los exámenes aprobados que la experiencia; llegándose a un principio de acuerdo en esa prevalencia con los porcentajes siguientes: 50% experiencia; 32% exámenes aprobados, y un 18% entre formación y titulación académica, pendiente de establecer.

EXPERIENCIA: Se establece, en cuanto a la experiencia, un limite de 100 puntos (sobre 200 que sería el total), suprimiéndose el limite temporal, por lo que esa experiencia se podrá acreditar con los meses trabajados durante toda la vida laboral del trabajador hasta completar el máximo de puntos, y baremándose en 0.50 puntos/mes trabajado en el cuerpo de procedencia de la bolsa, tal y como habíamos planteado desde SPJ-USO, que también solicitamos la valoración de la experiencia en otros cuerpos distinto al de procedencia de bolsa con la siguiente puntuación:
-experiencia en cuerpo superior: 0.30 p./mes
-experiencia en cuerpo inferior:   0.25 p/mes
-experiencia como Juez, Fiscal o Secretario sustituto: 0.30 p./mes.

EXAMENES APROBADOS: En cuanto a los exámenes aprobados, se llego también a un principio de acuerdo según el cual el haber superado todos los ejercicios de las dos ultimas ofertas de empleo se puntuara con 64 puntos (sobre 200), el haber superado todos los ejercicios de la ultima o de la penúltima oferta de empleo se puntuara con 32 puntos; el haber superado el primer o el segundo ejercicio de la ultima o penúltima oposición convocada se puntuara con 10 puntos cada uno, y el resto de ejercicios aprobados de convocatorias anteriores a las dos ultimas convocadas se puntuara a razón de 8 puntos cada uno; y , por ultimo, el haber superado algún ejercicio de las oposiciones del cuerpo superior se valorara con 4 puntos cada ejercicio, y en el cuerpo inferior con 3 puntos cada uno.

            No habiéndose podido finalizar el análisis de todos los puntos de la orden, que consta de 15 artículos, se dio por terminada la reunión y se nos convocó para un nuevo grupo de trabajo el PROXIMO LUNES DIA 23 DE DICIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 HORAS, y de cuyo desarrollo os daremos cumplida información.

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