El nuevo anteproyecto de la ley de
Justicia Gratuita, nos afecta directamente a los trabajadores de justicia la modificación
de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo,
que dice:
“Nueva
Disposición Final. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Se añade un
nuevo apartado 3 al artículo 23:
«3. Podrán, no
obstante, comparecer por sí mismos los funcionarios públicos en defensa de sus
derechos estatutarios, cuando se refieran a cuestiones de personal que no impliquen
separación de empleados públicos inamovibles.»
Gracias a las presiones
sindicales que ejercimos a través de la Plataforma Justicia para Todos, y el
apoyo que la misma recibió de todos vosotros, se ha conseguido que el Ministro
de Justicia de marcha atrás en esta modificación que tanto nos perjudicaba y podamos acudir en estas cuestiones a la jurisdiccion contenciosa sin abogado para nuestra defensa.
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