jueves, 17 de mayo de 2012

¡IMPORTANTE! A TENER EN CUENTA EN LAS SOLICITUDES DE ACCION SOCIAL

En las solicitudes de los años anteriores había un apartado donde se autorizaba a la AEAT para que pudieran consultar los datos económicos para calcular la renta de la unidad familiar y así establecer el orden para posteriormente adjudicar o no la ayuda correspondiente. Este año cambia un poco la historia, esto es:

El solicitante al igual que en años anteriores con la firma de la solicitud quedaba de la misma forma hecha dicha autorización, pero en cambio para el cónyuge o hijos mayores de 18 años a diferencia de años anteriores, que como he dicho existía un apartado en la misma solicitud, ESTE AÑO HAY QUE RELLENAR UN ANEXO VII, EL CUAL HAY QUE ADJUNTAR A LA SOLICITUD DE ACCION SOCIAL QUE SE PIDA Y EN LA SOLICITUD EN EL APARTADO 3, DOCUMENTACIÓN GENERAL, INDICAR QUE SE ADJUNTA DICHO DOCUMENTO PARA LA AYUDA CORRESPONDIENTE.

Así mismo, CASO DE QUE SE PIDA MAS DE UNA AYUDA, NO ES NECESARIO APORTAR TANTO ANEXOS VII COMO AYUDAS SOLICITADAS SINO TAN SOLO EN UNA DE ELLAS HAY QUE RELLENARLA COMO HE DICHO ANTERIORMENTE Y EN EL RESTO DE AYUDAS INDICAR EN DICHO APARTADO EN QUE MODALIDAD DE AYUDA SE HA ADJUNTADO DICHO ANEXO VII para que el personal de Acción Social se dirija a dicho expediente y así consultar los datos económicos tanto del solicitante como del cónyuge.

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