algún avance, aunque escaso
Tras
el envío del segundo borrador del catálogo de garantías ante la
implantación de la Nueva Oficina Judicial y Fiscal (a las 22:34 horas
del 12-11-14) el mismo contiene algún avance sobre la propuesta
inicial, aunque claramente insuficiente.
En
el Grupo de trabajo celebrado el pasado día 11 se ha analizado el
borrador de Garantías del que nos hizo entrega el Consejero de Justicia
el pasado día 28 de Octubre.
Por parte de SPJ-USO se hizo ver a la Viceconsejera, que presidió esta Mesa, que la propuesta se queda muy corta en
comparación con la propuesta anterior de la propia Junta de 2011 o en
comparación con el Acuerdo de Garantías suscrito en territorio
Ministerio en 2010.
Es
más, esta propuesta no garantiza plenamente, como si hacen las otras
dos antes mencionadas, el mantenimiento de nuestras retribuciones, pues:
1.- La Consejería insiste en mantener la fórmula del CPT(complemento personal transitorio) aunque según manifiesta solo se utilizará en casos excepcionales y “como garantía de las retribuciones de los funcionarios afectados”.
Esto nos suena a la cantinela utilizada por CC.OO y UGT para
justificar la cláusula del CPT que se incluyó en el acuerdo-marco de
2005, y que fue uno de los principales motivos de que ese acuerdo marco
fuese rechazado mayoritariamente por el colectivo y por nuestro
sindicato en la huelga de 2005.
Como le hemos recordado a la Viceconsejera, el CPT lejos de ser una
garantía, supone una hipoteca sobre el salario del trabajador afectado,
pues cualquier subida que tuviere, sería absorbida en parte por este
CPT, lo cual implica, a medio y largo plazo una perdida paulatina de
retribuciones.
Además desde SPJ-USO le hemos recordado que el CPT está ya plenamente superado por 3 motivos:
Además desde SPJ-USO le hemos recordado que el CPT está ya plenamente superado por 3 motivos:
1.- Porque así se recogió en la redacción del acuerdo retributivo andaluz 2008-2009, al explicitarse en el mismo que las cantidades contenidas en él se consolidarían en el futuro complemento específico y que las mismas serían PLENAS (sin hipotecas).
2.-
Porque el acuerdo de garantías del territorio Ministerio de 2010 recoge
expresamente que las retribuciones del personal afectado se garantizan,
sin que puedan ser objeto de absorción o compensación (vía CPT, por
ejemplo)
3.- Porque el principio de acuerdo de Garantías con la Consejería de 2011, nada establecía al respecto.
2.- Por otro lado y en
relación con las GUARDIAS, NO pueden garantizar que las mismas se
realicen con la misma periodicidad que en la actualidad en todos los
supuestos, pues pretenden compensar algunas Jefaturas de Equipo
mediante la atribución del derecho a hacer guardias, y ello a fin de
compensar las cantidades, pírricas nos tememos, que pretenden ofrecer
como incremento de complemento específico para esas Jefaturas. Esta fórmula, con la que estamos en total desacuerdo desde SPJ-USO, no ha sido utilizada por el Ministerio ni por otras Comunidades Autónomas, pues una de las premisas básicas respecto de los puestos con guardias, es que los mismos han sido considerados en todo momento puestos genéricos (a
los que se accede por antigüedad) y no singularizados (a los que se
accede mediante concurso de méritos, como es el caso de las Jefaturas).
Tras
escuchar las alegaciones de la parte sindical, la Consejería se
comprometió a trasladarnos un NUEVO BORRADOR, requiriéndonos para que
aportásemos nuestras alegaciones al mismo en el plazo de una semana.
Una vez hemos recibido y analizado este segundo borrador, el mismo sigue sin cumplir con nuestras expectativas, pues la Consejeríano ha retirado la cláusula del CPT y la sigue manteniendo con idéntica redacción. Respecto del derecho a realizar y percibir las Guardias en la NOFJA con la misma periodicidad con que se hacen actualmente, la Consejería ha dado una nueva redacción a este apartado que sigue sin garantizar este extremo de forma clara, al introducir la siguiente redacción: “.... y en lo posible, con la misma frecuencia con que actualmente lo desarrollan, en los términos que se determine en la negociación de la correspondiente Orden de implantación.”
Tal y como entendemos en SPJ-USO,
un catálogo o documento de GARANTÍAS debe servir precisamente para
eso, para garantizar un catálogo de derechos y en esa misma medida
tranquilizar y hacer más serena y menos traumática para nuestro
colectivo el tránsito desde el modelo actual al nuevo modelo de Oficina
Judicial y Fiscal, pero desde la Consejería de Justicia no deben
entender lo mismo que nosotros cuando introducen expresiones ambiguas y
abiertas a la interpretación tales como “....y en lo posible, ….” o cuando en el mismo apartado se afirma por un lado que “los
funcionarios no verán disminuidas las retribuciones complementarias
fijas que perciban en el momento de la implantación de la Oficina
Judicial, en caso de que con motivo de su acoplamiento pasasen a ocupar
un puesto genérico con menores retribuciones complementarias.” y acto seguido se afirma todo lo contrario al establecer un complemento personal transitorio en esos mismos supuestos que,
como antes hemos detallado, lo único que garantiza es que no nos
quitarán de golpe una parte de nuestras retribuciones, sino poco a
poco.
Por
lo demás, este documento incluye algún avance, aunque claramente
insuficiente, sobre la propuesta inicial, que os resumimos seguidamente:
- En el apartado relativo a las PLANTILLAS, se ha introducido, a petición de SPJ-USO, el siguiente inciso: “La Consejería de Justicia e Interior promoverá las ampliaciones de plantilla que permita la legislación vigente, para la consolidación de los refuerzos estructurales” Pues desde nuestro sindicato entendemos que determinados refuerzos que se renuevan sistemáticamente año tras año, han de ser consolidados en plantilla cuanto antes.
- PUESTOS DIFERENCIADOS: referencia expresa a su existencia en este acuerdo, tratándose de aquellos puestos que aún siendo genéricos y por tanto de cobertura por antigüedad en concurso de traslado, conllevan una mayor retribución, e incluyendo, a petición nuestra, dentro de estos a los que conlleven la realización de guardias (con la salvedad antes referida en el punto 2, que rechazamos)
- PUESTOS SINGULARIZADOS, A petición de SPJ-USO se admite la posibilidad de que los cuerpos generales puedan ocupar también Jefaturas de Sección además de las Jefaturas de Equipo inicialmente previstas, y ello a fin de que no se nos agravie respecto de los cuerpos generales de la Junta de Andalucía. En territorio Ministerio estas Jefaturas de Sección están reservadas sólo a los Secretarios.
- GUARDIAS: Se admite, a petición de SPJ-USO, que los equipos que las realicen en la NOJF estén formados por las mismas personas que actualmente las hacen en cada Juzgado, lo cual redundará en una mejor prestación y calidad del servicio, al evitarse las rotaciones aleatorias que no lo beneficiarían.
- ADSCRIPCION DE PUESTOS EN SECCIONES: Se incluye un apartado nuevo con este título e idéntico contenido al incluido en el acuerdo de garantías del Ministerio de 2010, lo que es positivo.
- FORMACIÓN: Se establece, a solicitud de SPJ-USO, la necesidad de realizar actividades formativas con carácter previo a la puesta en funcionamiento de la NOJF.
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