lunes, 4 de noviembre de 2013

LAS BODAS Y LOS DIVORCIOS SE PODRÁN TRAMITAR ANTE NOTARIO


Las bodas y divorcios se podrán tramitar a partir de ahora ante el notario, según ha anunciado el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, al informar del anteproyecto de ley de Jurisdicción Voluntaria aprobado por el Gobierno. Las bodas y los divorcios se podrán tramitar ante notario Según han explicado la vicepresidenta del Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría, y Alberto Ruiz Gallardón en rueda de prensa se trata de liberar a los jueces de tareas que no son estrictamente jurisdiccionales en las que no haya litigio entre partes. Han añadido que con ello se descongestionará a la Administración de Justicia para que determinados asuntos sean resueltos por otros operadores como notarios, registradores y secretarios judiciales de una forma más ágil. Alberto Ruiz-Gallardón ha aclarado que no se trata de privatización alguna ya que "todo entra dentro de lo público" pues se descarga a los jueces de tareas que hasta ahora eran de su competencia exclusiva y que asumirán otros funcionarios como son los notarios, los registradores y los secretarios judiciales. El ministro ha comentado que tan solo existirán costes no obligatorios si se opta por alguna de las vías previstas en la ley, como por ejemplo contraer matrimonio ante notario. No obstante, en este caso será el Gobierno el que fije el arancel a pagar por cada matrimonio ante notario, que será de 95 euros, cantidad que ha calificado de asumible teniendo en cuenta que es un acto que no se celebra muchas veces en la vida. De esta forma, los más de 50.000 expedientes de jurisdicción voluntaria sin controversia ni disputas se redistribuirán entre los diferentes operadores para que los jueces puedan centrarse en su principal tarea que es "juzgar y hacer ejecutar lo juzgado". Ha añadido que el hecho de que los notarios puedan celebrar matrimonios rebajará las listas de espera en los registros civiles. Otra novedad destacada por el ministro es la posibilidad de que los notarios también puedan tramitar divorcios cuando haya mutuo acuerdo entre los cónyuges y no existan menores ni personas con capacidad judicialmente completada (como se denomina ahora a los incapaces), es decir, casos en los que no debe intervenir el fiscal. Las personas sin capacidad para litigar podrán acogerse también a la justicia gratuita cuando estos procedimientos los lleven operadores distintos de los jueces.

No hay comentarios:

Publicar un comentario