martes, 24 de febrero de 2015

RESULTADO DE LA MESA SECTORIAL DE JUSTICIA de 23 de Febrero de 2015. Comisiones de Servicio y Sustituciones… Una Instrucción inacabada…”

Finalmente la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal ha cerrado una nueva negociación en falso al no atender a aquellas reivindicaciones básicas que, desde SPJ-USO y el resto de las organizaciones sindicales le hemos planteado, y ha aprobado la Instrucción sobre Comisiones de Servicio y Sustituciones sin ningún apoyo sindical.

         En nuestras anteriores informaciones os hemos relacionado las mejoras conseguidas en esta instrucción respecto de la anterior regulación en esta materia, gran parte de ellas a propuesta de SPJ-USO, que han posibilitado su mejora. Como mejoras notables destacamos:
-- Se recoge en la misma una esperada y a la vez garantista regulación de las comisiones de servicio por razones humanitarias, en la que se ha conseguido conciliar el derecho de aquellos compañeros que desean acceder a un puesto mejor en base a la antigüedad que poseen y el de aquellos que se encuentran en alguna de las especiales circunstancias que se ha estimado necesitan ser atendidas con carácter preferente.
-- Igualmente se ha dado mayor relevancia a la figura de las sustituciones, diferenciadas ahora en horizontales y verticales, dependiendo si se hacen en el mismo cuerpo o en cuerpo superior.
-- Se regulan también las adscripciones provisionales y se mejora todo el proceso y los tramites de las concesiones de estas situaciones.
         Pero la Consejería de Justicia escudándose en el cumplimiento de la legalidad presupuestaria y la prevalencia del servicio público ha considerado no atender algunas demandas esenciales para SPJ-USO como son:
-- Se ha negado a considerar el pago del 100% de las retribuciones básicas a aquellos compañeros que sustituyan en cuerpo superior, no cumpliéndose así el principio de "a igual trabajo igual salario", que hemos hecho valer.
-- Se ha negado a ofrecer las plazas afectadas por liberaciones sindicales para ser cubiertas mediante la figura de las sustituciones horizontales o verticales, alegando únicamente motivos técnicos y presupuestarios y sin que se les haya visto una clara voluntad de solucionar dichos impedimentos.
-- Se ha negado a entrar a negociar la problemática de las sustituciones sin relevación de funciones de los Auxilios Judiciales, y lo que es mas grave, ha admitido no tener ninguna solución para ello. Es decir, desde la Consejería de Justicia se deja desamparados a los compañeros del cuerpo de Auxilio que a diario han de enfrentarse al problema que se les plantea al tener que realizar las funciones que le son propias en el Juzgado en el que están destinados así como en aquellos otros en los que se les obliga sustituir. Todo ello sin que se regulen ni siquiera las funciones que han de realizar en dichas sustituciones ni los turnos que han de establecerse ni la forma de compensarse, ya sea económica o con libranzas.
         Al margen de estos, también existen otros aspectos negativos como son la exigencia de permanencia previa de 6 meses en el destino, la obligatoriedad del informe del Secretario (aunque no sea vinculante), la penalización de seis meses en caso de renuncia, la consideración de ausencia de larga duración a partir de los dos meses (y no a partir de uno, como hace el Ministerio)...
         Por todo ello, y a pesar de haber conseguido avanzar bastante en esta negociación en la introducción de mejoras, desde SPJ-USO  no hemos dado nuestro apoyo a la misma porque entendemos que la Consejería podía haber hecho un esfuerzo mayor por introducir los puntos que hemos señalado como básicos, para lo cual, al margen de defender nuestras propuestas en la mesa de negociación ante la Dirección General de Oficina Judicial, que no hacen sino recoger el sentir de nuestro colectivo, las hemos explicado y defendido, ante todas las instancias de la Consejería.
        En RUEGOS Y PREGUNTAS  se trataron los siguientes temas:
PROLONGACIONES DE JORNADAS EN JUZGADOS CONTENCIOSOS
         La Dirección Gral. de Oficina Judicial y Fiscal ha remitido unas instrucciones a las Delegaciones Provinciales autorizando las prolongaciones de jornada en los juzgados contenciosos administrativos de cara a la resolución de los recursos vinculados a las elecciones autonómicas. Prolongaciones que tendrán una compensación horaria dando lugar a los descansos recogidos en el Decreto 156/2006 y en la Orden de Jornada y Horarios para el personal al servicio de la Administración de justicia en Andalucía.
         Para ello se establecerá por parte del Secretario un turno entre los funcionarios necesarios y que hayan sido propuestos por el Secretario Judicial, respetando siempre la voluntariedad.
PLAZAS OFERTADAS EN EL CONCURSO DE TRASLADO
         Se nos ha dado traslado en esta reunión de las plazas que la Consejería de Justicia pretende ofertar en el próximo concurso de traslados, en ellas están incluidas todas las plazas vacantes y "desiertas" que existen a fecha de hoy en Andalucía, de las que tan solo se han detraído las necesarias para cubrir la Oferta de Empleo Publico próxima a convocarse, y que como sabemos es simplemente ridícula. Si detectáis alguna plaza que debería estar incluida entre las que se van a ofertarse de cara al concurso de traslado podéis hacérnoslo saber dirigiéndote a cualquiera de nuestros Delegados de SPJ-USO en tu provincia.
ORDEN DE INTERINOS
         Como ya habíamos informado desde SPJ-USO, la Consejería nos vuelve a decir que la Orden esta en manos del Consejo Consultivo, quien emitirá su informe, al parecer, el día 25 de este mes, tras lo cual y previa su devolución, se procederá a publicarla en el BOJA y a efectuar la convocatoria para presentar las solicitudes de inclusión en la bolsa, sin esperar los dos meses que la propia Orden posibilita.
NORMATIVA EUROPEA SOBRE DESCANSOS DIARIOS Y SEMANALES
         Desde SPJ-USO aplaudimos que la Consejería haya accedido por fin a asumir, tal y como hemos venido exigiéndole desde SPJ-USO desde el pasado Julio de 2004, la Directiva Europea 2003/88CE sobre descansos entre jornadas, que el propio Ministerio había incorporado a nuestra normativa el pasado 2 de Julio de 2004 mediante una Resolución de la Secretaria de Estado para la Justicia (publicada en BOE de 10 de julio), y en la que se establece un descanso diario de once horas ininterrumpidas en cada jornada de veinticuatro horas, así como de un descanso semanal de treinta y cinco horas ininterrumpidas teniendo en cuenta un periodo de referencia de dos semanas, siempre que esas horas de descanso no puedan disfrutarse por necesidades del servicio derivadas de la guardia.
         Esta regulación, que afecta fundamentalmente a los Juzgados de Instrucción y la Fiscalía de Málaga, también puede trasladarse a otras provincias y órganos judiciales de Andalucía, en los que se den las mismas circunstancias que posibiliten el disfrute de estos días de descanso.

SPJ-USO, SEGUIMOS Y SEGUIREMOS DEFENDIENDO
A LOS FUNCIONARIOS JUDICIALES EN LAS MESAS DE

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