En nuestras anteriores informaciones os
hemos relacionado las mejoras conseguidas en esta instrucción respecto de la
anterior regulación en esta materia, gran parte de ellas a propuesta de SPJ-USO, que han posibilitado su
mejora. Como mejoras notables destacamos:
-- Se recoge en la misma
una esperada y a la vez garantista
regulación de las comisiones de servicio por razones humanitarias, en la
que se ha conseguido conciliar el derecho de aquellos compañeros que desean
acceder a un puesto mejor en base a la antigüedad que poseen y el de aquellos
que se encuentran en alguna de las especiales circunstancias que se ha estimado
necesitan ser atendidas con carácter preferente.
-- Igualmente se ha dado mayor relevancia a la figura de las
sustituciones, diferenciadas ahora en horizontales y verticales, dependiendo
si se hacen en el mismo cuerpo o en cuerpo superior.
-- Se regulan también las
adscripciones provisionales y se mejora todo el proceso y los tramites de las
concesiones de estas situaciones.
Pero la Consejería de Justicia escudándose
en el cumplimiento de la legalidad presupuestaria y la prevalencia del servicio
público ha considerado no atender algunas demandas esenciales para SPJ-USO como son:
-- Se ha
negado a considerar el pago del 100% de las retribuciones básicas a aquellos compañeros
que sustituyan en cuerpo superior, no cumpliéndose así el principio de
"a igual trabajo igual salario", que hemos hecho valer.
-- Se ha
negado a ofrecer las plazas afectadas por liberaciones sindicales para ser
cubiertas mediante la figura de las sustituciones horizontales o verticales,
alegando únicamente motivos técnicos y presupuestarios y sin que se les haya
visto una clara voluntad de solucionar dichos impedimentos.
-- Se ha
negado a entrar a negociar la problemática de las sustituciones sin relevación
de funciones de los Auxilios Judiciales, y lo que es mas grave, ha admitido
no tener ninguna solución para ello. Es decir, desde la Consejería de Justicia
se deja desamparados a los compañeros del cuerpo de Auxilio que a diario han de
enfrentarse al problema que se les plantea al tener que realizar las funciones
que le son propias en el Juzgado en el que están destinados así como en
aquellos otros en los que se les obliga sustituir. Todo ello sin que se regulen
ni siquiera las funciones que han de realizar en dichas sustituciones ni los
turnos que han de establecerse ni la forma de compensarse, ya sea económica o
con libranzas.
Al margen de estos, también existen
otros aspectos negativos como son la exigencia de permanencia previa de 6 meses
en el destino, la obligatoriedad del informe del Secretario (aunque no sea
vinculante), la penalización de seis meses en caso de renuncia, la
consideración de ausencia de larga duración a partir de los dos meses (y no a
partir de uno, como hace el Ministerio)...
Por todo ello, y a pesar de haber
conseguido avanzar bastante en esta negociación en la introducción de mejoras,
desde SPJ-USO no
hemos dado nuestro apoyo a la misma porque entendemos que la Consejería podía
haber hecho un esfuerzo mayor por introducir los puntos que hemos señalado como
básicos, para lo cual, al margen de defender nuestras propuestas en la mesa
de negociación ante la Dirección General de Oficina Judicial, que no hacen sino
recoger el sentir de nuestro colectivo, las hemos explicado y defendido, ante
todas las instancias de la Consejería.
PROLONGACIONES DE JORNADAS EN JUZGADOS
CONTENCIOSOS
La Dirección Gral. de Oficina Judicial
y Fiscal ha remitido unas instrucciones a las Delegaciones Provinciales
autorizando las prolongaciones de jornada en los juzgados contenciosos
administrativos de cara a la resolución de los recursos vinculados a las
elecciones autonómicas. Prolongaciones que tendrán una compensación horaria
dando lugar a los descansos recogidos en el Decreto 156/2006 y en la Orden de
Jornada y Horarios para el personal al servicio de la Administración de
justicia en Andalucía.
Para ello se establecerá por parte del
Secretario un turno entre los funcionarios necesarios y que hayan sido
propuestos por el Secretario Judicial, respetando siempre la voluntariedad.
PLAZAS OFERTADAS EN EL CONCURSO DE TRASLADO
Se nos ha dado traslado en esta reunión
de las plazas que la Consejería de Justicia pretende ofertar en el próximo
concurso de traslados, en ellas están incluidas todas las plazas vacantes y
"desiertas" que existen a fecha de hoy en Andalucía, de las que tan
solo se han detraído las necesarias para cubrir la Oferta de Empleo Publico
próxima a convocarse, y que como sabemos es simplemente ridícula. Si detectáis
alguna plaza que debería estar incluida entre las que se van a ofertarse de
cara al concurso de traslado podéis hacérnoslo saber dirigiéndote a cualquiera
de nuestros Delegados de SPJ-USO en
tu provincia.
ORDEN DE INTERINOS
Como ya habíamos informado desde SPJ-USO, la Consejería nos vuelve a
decir que la Orden esta en manos del Consejo Consultivo, quien emitirá su
informe, al parecer, el día 25 de este mes, tras lo cual y previa su
devolución, se procederá a publicarla en el BOJA y a efectuar la convocatoria
para presentar las solicitudes de inclusión en la bolsa, sin esperar los dos
meses que la propia Orden posibilita.
NORMATIVA EUROPEA SOBRE DESCANSOS DIARIOS Y
SEMANALES
Desde SPJ-USO aplaudimos que la Consejería haya accedido por fin a
asumir, tal y como hemos venido exigiéndole desde SPJ-USO desde el pasado Julio de 2004, la Directiva Europea
2003/88CE sobre descansos entre jornadas, que el propio Ministerio había
incorporado a nuestra normativa el pasado 2 de Julio de 2004 mediante una
Resolución de la Secretaria de Estado para la Justicia (publicada en BOE de 10
de julio), y en la que se establece un descanso diario de once horas
ininterrumpidas en cada jornada de veinticuatro horas, así como de un descanso
semanal de treinta y cinco horas ininterrumpidas teniendo en cuenta un periodo
de referencia de dos semanas, siempre que esas horas de descanso no puedan
disfrutarse por necesidades del servicio derivadas de la guardia.
Esta regulación, que afecta
fundamentalmente a los Juzgados de Instrucción y la Fiscalía de Málaga, también
puede trasladarse a otras provincias y órganos judiciales de Andalucía, en los
que se den las mismas circunstancias que posibiliten el disfrute de estos días
de descanso.
SPJ-USO, SEGUIMOS Y SEGUIREMOS DEFENDIENDO
A LOS FUNCIONARIOS JUDICIALES EN LAS MESAS DE
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