La Mutualidad General Judicial ha publicado nota
aclaratoria donde especifica que todos los funcionarios al servicio de
la Administración de Justicia, cotizan al sistema especial de seguridad
social que representa, exclusivamente a efectos de asistencia sanitaria,
y sin excepciones.
Aclara
igualmente, que a efectos de pensiones, y como regla general los
funcionarios anteriores a 1 de enero de 2011 cotizan al régimen de
clases pasivas, y a partir de la referida fecha al Régimen general de la
Seguridad Social a efectos de pensiones, pero no de asistencia
sanitaria y otras prestaciones mutuales.
Por lo tanto,
insiste en que nada tiene que ver con cotizaciones o cálculos sobre
pensiones del personal al servicio de la Administración de Justicia.
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