viernes, 6 de febrero de 2015

Instrucción para el abono de la parte proporcional de la paga extra 2012.

CONSEJERÍA DE JUSTICIA E INTERIOR

Orden de 23 de enero de 2015, por la que se aprueban instrucciones para la aplicación efectiva, en el ámbito del personal al servicio de la Administración de Justicia competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de las previsiones de la disposición adicional décima segunda de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2015.
  
Estas son las cuestiones principales que trata la referida Instrucción:
  1. El abono del 24.04% de la paga extra de Diciembre 2012, se hará de oficio por la Administración de la Junta de Andalucía al personal de la Administración de Justicia que se hallase en situación de servicio activo o asimilado a fecha de 1 de enero de 2015.
  2. Si ha habido cambio de Administración, se abonará por el órgano en el que efectivamente se hubiesen devengado dichas retribuciones.
  3. Al personal al servicio de la Administración de Justicia competencia de la CCAA de Andalucía que no se encontrara en situación de servicio activo o asimilada por jubilación o cualquier otra causa a 1 de enero de 2015, le será abonada previa petición dirigida a la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, según los modelos que adjunta la Instrucción (Aquí estarían incluidos los compañeros interinos que a la fecha indicada no estuvieran trabajando, pero que sí generaran, total o parcialmente, la paga extra de diciembre de 2012).
  4. Para el caso de compañeros fallecidos, deberá formularse la petición por sus herederos conforme al Derecho Civil.
  5. El abono se hará en nómina ordinaria del mes de febrero de 2015, en los supuestos que el abono se realice de oficio por la Consejería.
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