En el BOJA de 14-6-2013 se publica el Plan General de Inspección para el año 2013. Dicho Plan en su apartado 2.1 (seguimiento y control sobre el absentismo laboral por incapacidad temporal) analizará también la Administración de Justicia en Andalucía.
Consejería de Hacienda y Administración Pública
Acuerdo de 14 de mayo de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General de Inspección para el año 2013.
La Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía es el órgano especializado que ejerce funciones de inspección, con facultades de actuación directa así como de asesoramiento y colaboración en las materias de su competencia, para velar por el cumplimiento de la normativa vigente y comprobar su actuación conforme a los principios de legalidad, eficacia y eficiencia administrativas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Reglamento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 314/2002, de 30 de diciembre.
El Plan General de Inspección se configura como el instrumento de planificación anual de la actividad de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía en lo que concierne a las actuaciones inspectoras de carácter ordinario. El Plan fija objetivos y actuaciones haciendo posible su evaluación y proporcionando a la organización conocimiento sobre sus áreas de mejora e información significativa para la toma decisiones.
2. En materia de Personal las actuaciones se centran en la comprobación del cumplimiento de las obligaciones que corresponden al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, en el desempeño de sus funciones, así como la vigilancia del cumplimiento de la normativa sobre incompatibilidades.
2.1. Seguimiento y control sobre el absentismo laboral por incapacidad temporal.
Objetivos y contenido: El seguimiento del absentismo y la proyección decreciente de los índices que se han producido en los últimos años en la Administración de la Junta de Andalucía tiene un alcance positivo, aunque el seguimiento debe ser continuo y debe avanzarse en su estudio y valoración. Se trata por tanto de analizar las situaciones de incapacidad temporal tanto de corta como de larga duración, su reiteración a lo largo del año, el procedimiento seguido para su tramitación, así como la documentación justificativa de sus diferentes tipos, con la doble finalidad de poder concluir posibles causas y de proponer medidas para subsanarlo.
Esta actuación se llevará a cabo respecto del personal al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía y del que presta sus servicios en la Administración de Justicia en Andalucía.
Ámbito: Sedes judiciales y centros dependientes de tres Consejerías.
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