RESULTADO DE LAS MESAS TÉCNICAS Y SECTORIAL, POR FIN
SE APRUEBA EL MANUAL DE VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS
Después de la “escabechina”
realizada por el Gobierno Central, tras modificar el EBEP y la LOPJ el año
pasado, nos ha tocado intentar “coser” aquí en
Andalucía, en la medida de lo posible, el desaguisado producido en
nuestros derechos, habiéndose tratado en Mesa Sectorial y aprobado por la mayoría sindical como
primer punto del Orden del día el Manual de Vacaciones, Permisos y Licencias.
El texto íntegro, con toda la regulación pormenorizada, se publicará
próximamente aunque ponemos a vuestra disposición el último borrador que en la
misma Mesa nos fue entregado.
Destacamos brevemente:
POSITIVO
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NEGATIVO
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VACACIONES: 22 días
que podrán disfrutarse de forma independiente, a los que se pueden
acumular los asuntos particulares. (En territorio
Ministerio tres paquetes de 5 días y sólo 7 días sueltos) Se podrán disfrutar
las vacaciones hasta el 31 de enero del año siguiente (ahora erá hasta el 15)
y suprimen la referencia a que su disfrute ha de ser preferentemente en los
meses de julio, agosto y septiembre (como si está en territorio
Ministerio)
También se introduce que si el Secretario NO
visa la solicitud en 5 días, se dará curso a la misma. El silencio operará de
forma positiva para el funcionario.
Esto es aplicable a todo tipo de permisos.
DIAS DE
ASUNTOS PARTICULARES: Además de
la posibilidad de acumulación a las vacaciones, UN día más por festividad
nacional cuando caiga en sábado y OTRO día más si
una festividad local cae también en sábado.
TRASLADO DE
DOMICILIO: De tan sólo 1 día por traslado de domicilio, como punto de
partida, conseguimos, dos días si el
traslado tiene lugar a otra localidad y 3 si supone cambio de provincia.
24 y 31 DE
DICIEMBRE: Quienes
presten servicio estos días, 2 días por cada uno de compensación, acumulables
a las vacaciones del año siguiente y a disfrutar durante toda la anualidad.
LICENCIA
POR ENFERMEDAD:
Queda pendiente de regulación tanto el nº de días
anuales exentos de descuento, como los
supuestos de enfermedades que no darán lugar a descuentos, a la espera de lo
que decida el Ministerio de Justicia con carácter básico. Por otra parte, SI
aceptan la propuesta de SPJ-USO de que las revisiones, consultas y
pruebas médicas de los funcionarios en horario de trabajo, estando
debidamente justificadas, no supongan descuento alguno.
PERMISO
POR FALLECIMIENTO, ACCIDENTE O ENFERMEDAD GRAVE, hospitalización e intervención quirúrgica de un
familiar, o ENFERMEDAD INFECTO-CONTAGIOSA DE MENORES de 9 años: Conseguimos que se
añadiera el apartado de Enfermedad infecto-contagiosa para menores de 9 años,
desaparecido de la regulación anterior.
LICENCIA
POR CUIDADO DIRECTO DE FAMILIARES DE PRIMER GRADO: De carácter retribuida, supone la reducción
de jornada hasta el 50%; su duración será de un mes con esta reducción o de
15 días a jornada completa. Retiran la
necesidad de acreditar retribuciones del familiar a cuidar.
LICENCIA
POR LACTANCIA de un hijo menor de
doce meses: Se aumenta a hijos menores de hasta DIECISEIS meses
SUPUESTOS
DE FLEXIBILIDAD HORARIA PARA CONCILIAR LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL: Este epígrafe es entero nuevo, se añade la posibilidad
de flexibilizar horario fijo, 1 h. por personas mayores a cargo, hijos
menores de 12 años o discapacitados y enfermos graves hasta el 2º grado de
consanguinidad o afinidad. 2 h. por personas con discapacidad hasta el 1º
grado.
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PERMANENCIAS EN LAS VACACIONES:
Introducen el 35 %
máximo de permanencia durante Agosto en los Servicios Comunes (pelearemos porque lo dejen como estaba
antes, en los términos generales del 50 %)
LICENCIA POR ASUNTOS PROPIOS
sin retribución:
Se establece un período mínimo de 7 días naturales (pedimos informe jurídico porque la LOPJ no establece período mínimo)
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ORDEN DE CALENDARIO LABORAL PARA 2014
En este punto del orden del
día, la Consejería se limitó a requerir
a aquellos sindicatos que aún no había presentado su propuesta para que lo hicieran, sin avanzar ningún borrador por su parte al
respecto.
Desde SPJ-USO dejamos sentado que
esta regulación es de la máxima importancia para nuestro colectivo, y dado lo lesiva que fue la última,
reclamamos que la Administración diera marcha atrás y mejorara muchos
aspectos. En la propuesta que previamente se presentó por SPJ-USO
avanzábamos los siguientes:
-
Suprimir la interrupción de 30
minutos de 15:30 a 16:00 horas.
- Establecer un horario flexible de
tarde similar al del territorio Ministerio: sin interrupción y de lunes a
jueves desde las 7:30 hasta las 18:00 horas, y viernes hasta las 15:30 horas.
- Aumentar la Bolsa de horas anual
para absorber las 39 horas de aumento de jornada laboral anual, que se ha
establecido por el Ministerio en 1664 horas (en vez de las 1625 que hay este
año).
-
Establecer jornada reducida en
Navidad y Semana Santa (como tienen en la Admon. Gral de la J.A.)
-
Reducir la jornada obligatoria
diaria de 9:00 a 14:00 horas (en consonancia con la Junta de Andalucía)
-
Suprimir la autorización para
poder realizar la jornada flexible el jueves por la tarde.
-
Aumentar la “cortesía” en 15
minutos más diarios (hasta los 30 minutos que teníamos antes)
- Establecer días de COMPENSACIÓN o
libranza como ya están haciendo otras Administraciones y otras comunidades en
el ámbito de Justicia (recuperando parte de los días de permiso suprimidos)
CONVOCATORIA AYUDA de ACCIÓN SOCIAL
El título de este apartado ha cambiado, pues si antes hablábamos de
AYUDAS, ahora solo podemos hablar de
AYUDA (sin la “s” final) pues la acción social ha quedado otra vez
reducida únicamente a la ayuda para
discapacitados. Desde SPJ-USO, como
es lógico, nos hemos negado a respaldar
esta convocatoria.
Lamentamos que la Junta de
Andalucía, en su afán de recaudar a costa de recortar nuestras retribuciones y
nuestros derechos, haya llegado a
eliminar de la acción social partidas tan sensibles como las destinadas a las
ayudas por defunción, por hijos o por estudios entre otras, y mas aún cuando
tanto el Ministerio de Justicia en su territorio como otras comunidades
autónomas en sus respectivos ámbitos han hecho un esfuerzo por mantener las ayudas de
acción social en su mayor parte.
Además de ello se
realizan una serie de modificaciones en las bases de la convocatoria encaminadas
únicamente a reducir las posibilidades de acceso a esta única ayuda. Esta convocatoria se sacara para otoño y se
resolverá durante el año 2014.
ORDEN
DE ORGANIZACIÓN Y ADSCRIPCION A LOS SERVICIOS DE LOS I.M.L
La
Consejería vuelve a regular esta materia,
pero sigue sin abordar el problema de raíz, cual es el que los IML sigan
servidos por médicos generalistas, o por el contrario se avance (como ya han
hecho País Vasco, Cataluña, Valencia,
Extremadura y Castilla-León) hacia la expertización y especialización de estos
profesionales. La solicitud realizada
por SPJ-USO para que se avance en este sentido no ha sido aceptada por la
Administración alegando que nuestra
propuesta supondría un coste no asumible ahora, a lo que hemos replicado que no
tiene porqué suponer tal coste si se promueve un acuerdo con el Servicio
Andaluz de Salud, que también depende de la Junta de Andalucía.
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