miércoles, 26 de junio de 2013

APROBADO EL MANUAL DE VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS

RESULTADO DE LAS MESAS TÉCNICAS Y SECTORIAL, POR FIN SE APRUEBA EL MANUAL DE VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS

Después de la “escabechina” realizada por el Gobierno Central, tras modificar el EBEP y la LOPJ el año pasado, nos ha tocado intentar “coser” aquí en Andalucía, en la medida de lo posible, el desaguisado producido en nuestros derechos, habiéndose tratado en Mesa Sectorial  y aprobado por la mayoría sindical como primer punto del Orden del día el Manual de Vacaciones, Permisos y Licencias. El texto íntegro, con toda la regulación pormenorizada, se publicará próximamente aunque ponemos a vuestra disposición el último borrador que en la misma Mesa nos fue entregado. 

Destacamos brevemente:


POSITIVO 

NEGATIVO

VACACIONES: 22 días que podrán disfrutarse de forma independiente, a los que se pueden acumular los asuntos particulares. (En territorio Ministerio tres paquetes de 5 días y sólo 7 días sueltos) Se podrán disfrutar las vacaciones hasta el 31 de enero del año siguiente (ahora erá hasta el 15) y suprimen la referencia a que su disfrute ha de ser preferentemente en los meses de julio, agosto y septiembre (como si está en territorio Ministerio)
También se introduce que si el Secretario NO visa la solicitud en 5 días, se dará curso a la misma. El silencio operará de forma positiva para el funcionario.   Esto es aplicable a todo tipo de permisos.

DIAS DE ASUNTOS PARTICULARES: Además de la posibilidad de acumulación a las vacaciones, UN día más por festividad nacional cuando caiga en sábado y OTRO día más si una festividad local cae también en sábado.

TRASLADO DE DOMICILIO: De tan sólo 1 día por traslado de domicilio, como punto de partida,  conseguimos, dos días si el traslado tiene lugar a otra localidad y 3 si supone cambio de provincia.

24 y 31 DE DICIEMBRE: Quienes presten servicio estos días, 2 días por cada uno de compensación, acumulables a las vacaciones del año siguiente y a disfrutar durante toda la anualidad.

LICENCIA POR ENFERMEDAD: Queda pendiente de regulación tanto el nº de días anuales exentos de descuento,  como los supuestos de enfermedades que no darán lugar a descuentos, a la espera de lo que decida el Ministerio de Justicia con carácter básico. Por otra parte, SI aceptan la propuesta de SPJ-USO de que las revisiones, consultas y pruebas médicas de los funcionarios en horario de trabajo, estando debidamente justificadas, no supongan descuento alguno.

PERMISO POR FALLECIMIENTO, ACCIDENTE O ENFERMEDAD GRAVE, hospitalización e intervención quirúrgica de un familiar, o ENFERMEDAD INFECTO-CONTAGIOSA DE MENORES de 9 años: Conseguimos que se añadiera el apartado de Enfermedad infecto-contagiosa para menores de 9 años, desaparecido de la regulación anterior. 

LICENCIA POR CUIDADO DIRECTO DE FAMILIARES DE PRIMER GRADO:  De carácter retribuida, supone la reducción de jornada hasta el 50%; su duración será de un mes con esta reducción o de 15 días a jornada completa.  Retiran la necesidad de acreditar retribuciones del familiar a cuidar.

LICENCIA POR LACTANCIA de un hijo menor de doce meses: Se aumenta a hijos menores de hasta DIECISEIS meses

SUPUESTOS DE FLEXIBILIDAD HORARIA PARA CONCILIAR LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL: Este epígrafe es entero nuevo, se añade la posibilidad de flexibilizar horario fijo, 1 h. por personas mayores a cargo, hijos menores de 12 años o discapacitados y enfermos graves hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad. 2 h. por personas con discapacidad hasta el 1º grado.


PERMANENCIAS EN LAS VACACIONES: Introducen el 35 % máximo de permanencia durante Agosto en los Servicios Comunes (pelearemos porque lo dejen como estaba antes, en los términos generales del 50 %)

LICENCIA POR ASUNTOS PROPIOS sin retribución: Se establece un período mínimo de 7 días naturales (pedimos informe jurídico porque la LOPJ no establece período mínimo)










 ORDEN DE CALENDARIO LABORAL PARA 2014

            En este punto del orden del día,  la Consejería se limitó a requerir a aquellos sindicatos que aún no había presentado su propuesta para que lo hicieran,  sin avanzar ningún borrador por su parte al respecto.
            Desde SPJ-USO dejamos sentado que esta regulación es de la máxima importancia para nuestro colectivo,  y dado lo lesiva que fue la última, reclamamos que la Administración diera marcha atrás y mejorara muchos aspectos. En la propuesta que previamente se presentó por SPJ-USO avanzábamos los siguientes: 

-        Suprimir la interrupción de 30 minutos de 15:30 a 16:00 horas.
-    Establecer un horario flexible de tarde similar al del territorio Ministerio: sin interrupción y de lunes a jueves desde las 7:30 hasta las 18:00 horas, y viernes hasta las 15:30 horas.
-     Aumentar la Bolsa de horas anual para absorber las 39 horas de aumento de jornada laboral anual, que se ha establecido por el Ministerio en 1664 horas (en vez de las 1625 que hay este año).
-        Establecer jornada reducida en Navidad y Semana Santa (como tienen en la Admon. Gral de la J.A.)
-        Reducir la jornada obligatoria diaria de 9:00 a 14:00 horas (en consonancia con la Junta de Andalucía)
-        Suprimir la autorización para poder realizar la jornada flexible el jueves por la tarde.
-        Aumentar la “cortesía” en 15 minutos más diarios (hasta los 30 minutos que teníamos antes)
-     Establecer días de COMPENSACIÓN o libranza como ya están haciendo otras Administraciones y otras comunidades en el ámbito de Justicia (recuperando parte de los días de permiso suprimidos)

      CONVOCATORIA AYUDA de ACCIÓN SOCIAL
El título de este apartado ha cambiado, pues si antes hablábamos de AYUDAS,  ahora solo podemos hablar de AYUDA (sin la “s” final) pues la acción social ha quedado otra vez reducida  únicamente a la ayuda para discapacitados. Desde SPJ-USO, como es lógico,  nos hemos negado a respaldar esta convocatoria.
Lamentamos que la Junta de Andalucía, en su afán de recaudar a costa de recortar nuestras retribuciones y nuestros derechos,  haya llegado a eliminar de la acción social partidas tan sensibles como las destinadas a las ayudas por defunción, por hijos o por estudios entre otras, y mas aún cuando tanto el Ministerio de Justicia en su territorio como otras comunidades autónomas en sus respectivos ámbitos han hecho un esfuerzo por mantener  las ayudas de acción social en su mayor parte.
Además de ello se realizan una serie de modificaciones en las bases de la convocatoria encaminadas únicamente a reducir las posibilidades de acceso a esta única ayuda. Esta convocatoria se sacara para otoño y se resolverá durante el año 2014.  

ORDEN DE ORGANIZACIÓN Y ADSCRIPCION A LOS SERVICIOS DE LOS I.M.L

            La Consejería vuelve a regular esta materia,  pero sigue sin abordar el problema de raíz, cual es el que los IML sigan servidos por médicos generalistas, o por el contrario se avance (como ya han hecho País Vasco, Cataluña, Valencia, Extremadura y Castilla-León) hacia la expertización y especialización de estos profesionales. La solicitud realizada por SPJ-USO para que se avance en este sentido no ha sido aceptada por la Administración alegando que  nuestra propuesta supondría un coste no asumible ahora, a lo que hemos replicado que no tiene porqué suponer tal coste si se promueve un acuerdo con el Servicio Andaluz de Salud, que también depende de la Junta de Andalucía.

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