UNA HISTORIA DE LUCHA Y SOLIDARIDAD DESDE 1986.
En
España, la USO es el único sindicato a nivel estatal, que dispone de Caja de
Resistencia y Solidaridad, para apoyar económicamente a los afiliados y
afiliadas en las situaciones en las que, en el transcurso de su vida laboral,
se encuentran inmersos en especiales dificultades, ya sea defendiendo con una
huelga sus legítimas aspiraciones y reivindicaciones sociales, económicas y
sindicales, o cuando fruto de represalias empresariales o de errores
profesionales de los que nadie estamos exentos, se ven afectados por sanciones
o incluso despedidos.
En
los casi 20 años de funcionamiento de la CRS, la USO ha abonado a los afiliados
y afiliadas que han participado en huelgas o han sufrido represalias sindicales
o sanciones por motivos profesionales, más de 5 millones de euros, en los más
de 3000 conflictos cubiertos.
Asimismo,
la CRS apoya económicamente a todos los afiliados/as en caso de invalidez o
fallecimiento por accidente extra-laboral.
La
CRS-USO ofrece prestaciones en caso de:
§
HUELGA O CIERRE PATRONAL: La cuantía de
las prestaciones a las que el afiliado o afiliada tiene derecho se establecen
en función del cómputo de la antigüedad como cotizante. A estos efectos, la
antigüedad en el sindicato comienza a contar desde el día en el que se
formaliza la afiliación, debiendo tener abonada la cuota correspondiente para
tener derecho a la prestación. Las cuantías serán las siguientes:
Antigüedad en la afiliación
|
Porcentaje
|
Cuantía
|
Entre de 1 y 3 meses
|
75%
|
16,38€
|
A partir de 3 meses
|
100%
|
21,84€
|
§
SANCIONES Y DESPIDOS: El importe de
las prestaciones será el equivalente a la media del salario neto de las tres
últimas nóminas (excluidas las horas extraordinarias) estableciéndose el tope
del importe en el 300% del Salario Mínimo Interprofesional vigente, tomando
como referencia, a los efectos de ese tope, el cómputo anual, esto es, importe
mensual del S.M.I. por 14 y dividido entre 12 mensualidades.
§
INVALIDEZ O FALLECIMIENTO: La cobertura
por invalidez permanente o fallecimiento en accidente extralaboral comprende
las siguientes cuantías indemnizadoras:
Antigüedad en la afiliación
|
Invalidez (según baremo)
|
Fallecimiento
|
De 2 a 5 años
|
5.000 €
|
5.000 €
|
De 5 a 10 años
|
7.000 €
|
7.000 €
|
Superior a 10 años
|
10.000 €
|
10.000 €
|
AFILIATE
AHORA.
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