En
el BOE de fecha 29 de junio, se publicó la Ley 4/2017, de 28 de junio,
de modificación de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción
Voluntaria, la cual, a su vez, modifica determinados preceptos de la Ley
20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
Las
BASES nos indican que será objeto de examen la legislación vigente en
el momento de publicarse la convocatoria en el BOE (septiembre de 2017
para los turnos de promoción interna y septiembre de 2017 después del
retraso anunciado, y similar, para cuando se publiquen los turnos libres
de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial).
Por
tanto, tras esta modificación, la Ley 20/2011 del Registro Civil, no
entrará en vigor hasta el 30 de junio de 2018. No obstante, hay que
tener en cuenta que varios artículos de la Ley 20/2011 entraron en vigor
en el año 2015 y que, ahora, el 30 de junio de 2017, lo han hecho dos
preceptos más.
Por tanto, a fecha de hoy, la legislación vigente es la siguiente:
•Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil.
•Decreto de 14 de noviembre de 1958, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Registro Civil.
•Los artículos 44, 45, 46, 47, 49.1 y 4, 64, 66, 67.3, y los artículos 49.2 y 53 de la Ley 20/2011, del Registro Civil.
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