El
Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido cautelarmente el decreto ley
que regula la jornada de trabajo de 35 horas del personal empleado
público y varios preceptos de los presupuestos de la Junta de Andalucía,
tras admitir a trámite los recursos interpuestos por el Gobierno.
Según
el Gobierno, la reducción a 35 horas de las 37,5 que tienen el resto de
empleados públicos contraviene los presupuestos generales del Estado de
2013, que estableció para toda España la jornada laboral de las
Administraciones Públicas en 37,5 horas.
También contraviene el real decreto de Medidas Urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo.
Dice
el Ejecutivo que se trata de que los funcionarios, "que son
funcionarios del Estado", no pueden estar sometidos a un determinado
régimen dependiendo de la comunidad en que trabajen, ya que "todos los
funcionarios" tienen que cumplir con las 37,5 horas.
Sobre
el recurso con los presupuestos andaluces de 2017, el recurso va contra
los artículos que permiten la contratación de personal laboral temporal
y el nombramiento de personal estatutario temporal y funcionario
interino, cuando sea necesario, para reforzar la plantilla por la
aplicación de la jornada laboral ordinaria de 35 horas semanales.
El
Gobierno recuerda que, tras aprobarse en 2012 la Ley Orgánica de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en relación con
los límites de déficit y endeudamiento fijados por la Administración del
Estado, una disposición en los presupuestos generales del Estado para
2013 estableció la jornada general de trabajo no inferior a treinta y
siete horas y media, cuya constitucionalidad y vigencia fue confirmada
por el TC.
Y
añade que, si considera inconstitucional la medida para implantar la
jornada laboral ordinaria de 35 horas semanales, también estima
inconstitucional la habilitación presupuestaria para hacerla efectiva en
la Ley de Presupuestos de Andalucía, vulnerando las competencias
estatales, como afirma el Consejo de Estado en su dictamen favorable al
recurso.
El
Constitucional ha dado traslado de la demanda al Senado y al Congreso,
así como a la Junta de Andalucía y al Parlamento de esta región para que
en el plazo de quince días, puedan personarse en el proceso y formular
las alegaciones que estimaren convenientes.
La
admisión a trámite no determina cuál será la resolución que el tribunal
de garantías adoptará sobre la constitucionalidad o no de la norma.
AGENCIA EFE.
En principio a los funcionarios de justicia de Andalucia, no nos afectaria ya que seguimos manteniendo nuestra jornada en las 37,30 horas, y tenemos una cortesia de 30 minutos diarios que nos permite hacer una jornada de 35 horas. Esperemos que la Junta de Andalucia no nos la recorte.
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