El
Ministerio de Justicia ha propuesto un modelo de Registro Civil
fundamentado en 12 puntos principales y una modificación mínima de la
Ley 20/2011.
Los puntos principales son:
1.- Registro Civil Público
2.- Registro Civil Gratuito
3.- Registro Civil único en todo el estado
4.-
Registro Civil integrado en la Administración de Justicia respetando
las funciones de los funcionarios de Justicia sin menoscabar sus
derechos profesionales. En el Registro Civil sólo desempeñarán
funciones, Letrados de la Administración y Cuerpos Generales al servicio
de la Administración de Justicia.
5.- Desjudicialización
6.-
El Registro Civil se encargará a los Letrados de la Administración de
Justicia, que ocuparán puestos en servicio activo adscritos a la
jurisdicción civil. Los Letrados de los Registros Central y Exclusivo
asumirán directamente las funciones de los Magistrados encargados. Los
Letrados de los Registros que comparten tareas jurisdiccionales asumirán
las funciones de encargado y, mantendrán las relacionadas con la
jurisdicción.
7.- Ha de buscarse una salida profesional adecuada a los Magistrados de los Registros Civiles Exclusivos.
8.-
Se mantiene la demarcación territorial actual del Registro Civil, es
decir, los 431 Registros Civiles principales actuales que pasarán a
llamarse Oficinas Generales de Registro Civil.
9.- Los Juzgados de Paz mantienen sus funciones como oficinas delegadas del Registro Civil.
10.-
Está en proceso de creación, una aplicación informática que soporte el
Registro Civil de folio único. En principio, no estará lista para la
entrada en vigor de la nueva ley, por lo que habrá un período de
transición en el que se seguirá utilizando INFOREG como se utiliza
ahora.
11.-
El derecho que se aplicará mientras se elabora la aplicación
informática nueva, será el vigente en estos momentos, la ley de 1957.
12.-
Se mantiene la relación funcional entre la Dirrección General de
Registros y del Notariado y los Encargados del Registro Civil.
No hay comentarios:
Publicar un comentario