Por el Director General se nos informó
que, como último paso antes de la implantación de la NOJF en las experiencias
piloto ( El Ejido, Vélez-Málaga y Fiscalía de Sevilla) se está a la espera de
la aprobación definitiva de las RPT´s por parte del Ministerio de Justicia.
En
todo caso se prevé que, como muy tarde en el último trimestre de 2017, ya esté
plenamente operativa la NOJF en estos órganos.
También
nos informó que la siguiente implantación de la NOJF que se va a acometer va a
ser la del partido judicial de Córdoba capital, con pretensiones de que dicha negociación se
culmine antes del verano y que pudiera implantarse a final de este año, previsión excesivamente optimista desde
nuestro punto de vista, dado lo que está
tardando la efectiva puesta en marcha de las experiencias piloto, que son mucho
menos complejas que un partido judicial de la entidad de Córdoba capital, que
está dotado de todo tipo de órganos judiciales y fiscales.
Respecto
del proceso de ACOPLAMIENTO de las experiencias piloto, os recordamos que las fases del mismo son las
siguientes:
FASE
1: Concurso
específico para puestos singularizados (jefaturas)
FASE
2: Confirmación del
personal en los puestos de trabajo que viniesen desempeñando. El personal de cada Juzgado se confirma en la
UPAD heredera del mismo, teniendo preferencia en este proceso los más antiguos
en el escalafón. En caso de no haber
interesados en confirmarse en alguna UPAD, serán confirmados los más modernos
en el escalafón.
FASE
3: Reordenación de
efectivos.- Agotadas las fases anteriores, los puestos de trabajo que resten
por cubrir se ofertarán para su cobertura voluntaria a los funcionarios que
falten por acoplar, teniendo preferencia los funcionarios de mayor antigüedad en
el cuerpo.
FASE
4: Reasignación
forzosa. Si hubiese funcionarios
pendientes de acoplar.
En
el caso de que la adscripción al puesto de trabajo no tenga carácter voluntario
y se produzca mediante el proceso de reasignación forzosa, el personal afectado
tendrá las siguientes garantías (conseguidas en el Acuerdo de Garantías
suscrito por SPJ-USO):
a)
No
estará obligado a la permanencia de dos años en el puesto de trabajo para tomar
parte en un concurso de traslado
b)
No
se aplicará la obligación de participar en el primer concurso de traslado que
se convoque a partir del proceso de acoplamiento.
c)
Tendrá
preferencia para obtener un puesto de trabajo en su centro de destino de origen
en el primer concurso de puestos genéricos en que se oferten plazas de dicho
centro
Se nos ha dado traslado del borrador
de las bases para el concurso específico (fase 1), a fin de presentar
alegaciones al mismo antes del 15 de este mes.
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