IMPORTANTE:
1) Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Orden para
subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión. No
apuréis el plazo y tened en cuenta que son días hábiles en cómputo
administrativo, luego los sábados SÍ computan.
2) Debéis aseguraros, aldemás de que no estáis excluidos, que aparecéis en la lista provisional de admitidos.
Os ponemos el enlace a continuación.
Orden JUS/479/2016, de 28 de marzo, por la que se aprueban las
relaciones provisionales de admitidos y excluidos de los procesos
selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en los
Cuerpos de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial
de la Administración de Justicia.
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