jueves, 18 de abril de 2013

TRIBUNALES DE INSTANCIA

GABINETE DE COMUNICACIÓN. MINISTERIO   DE JUSTICIA.  Nota de   prensa:
Ruiz-Gallardón explica al presidente de la FEMP la estructura de los nuevos   tribunales de instancia. 
La propuesta de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la comisión de expertos propone un único órgano judicial de primer grado en cada provincia   16 de abril de 2013.- El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, se ha reunido esta mañana con el presidente de la Federación Española de   Municipios y Provincias (FEMP), Iñigo de la Serna, para explicarle en qué   consisten los tribunales de instancia propuestos por la comisión de   expertos que ha abordado la reforma de la Ley de Orgánica del Poder   Judicial por encargo del Consejo de Ministros y que afectará   previsiblemente por su redistribución a los responsables de las   administraciones locales.     La propuesta de la comisión, que va en la línea de iniciativas similares   abordadas en legislaturas anteriores, es establecer tribunales de   instancia como nuevos órganos judiciales de primer grado en todos los   órdenes jurisdiccionales. Al ser de ámbito provincial (salvo en Madrid y   Barcelona), no coincidirán con los actuales partidos judiciales, diseñados   en el siglo XIX conforme a los transportes y comunicaciones existentes   en ese momento.     Pero eso no implicará en modo alguno la desaparición o cierre de los   juzgados actualmente existentes en los distintos municipios, porque no   quedará ninguna infraestructura sin utilizar (se aprovecharán todas las ya   existentes).     Con los tribunales de instancia se persigue ganar flexibilidad y maximizar   los recursos existentes –apostando por la especialización-, mediante la   reasignación de efectivos dentro del órgano judicial y haciendo posible el   abordar el aumento o disminución de asuntos de un determinado tipo sin  necesidad de alterar la planta judicial existente.     Para garantizar la inamovilidad judicial y el principio del juez   predeterminado por la ley serán obligadas una serie de garantías, como   que se identifique la plaza ocupada por cada juez y que los asuntos se   turnen con criterios predeterminados y objetivos. Los cambios en el   reparto de asuntos sólo se permitirán por enfermedad prolongada,   licencia de larga duración, existencia de vacantes y refuerzos   previamente establecidos y, en todo caso, se comunicará a las partes.     Cada tribunal de instancia, según la propuesta de los expertos, deberá   contar con cuatro salas: una por cada orden jurisdiccional. Dentro de   cada una de ellas habrá unidades judiciales y secciones, que serán   equivalentes, respectivamente, al juez unipersonal y al colegio de jueces.   Habrá quien actúe como juez de Instrucción, juez de Vigilancia   Penitenciaria, juez de Menores y juez de lo Penal. El objetivo es que los   tribunales de instancia asuman todas las competencias que hoy día   corresponden a los Juzgados y, en primera instancia, las Audiencias   Provinciales.

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