martes, 23 de abril de 2013

NOTA DE PRENSA

MEMORIA DEL TSJA 2012, VISIÓN SESGADA Y ULTRACORPORATIVISTA DE LA JUSTICIA. ¿RESPETA EL PRESIDENTE DEL TSJA LA TRANSFERENCIA DE LA JUSTICIA A LAS COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCIA?
Las centrales sindicales CSIF, SPJ-USO, CCOO, STAJ y UGT integrantes de la plataforma sindical de la administración de Justicia de Andalucía, en relación con la Memoria del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía hecha pública recientemente, sobre lo que entiende por “disfunciones en el entorno laboral” queremos hacer las siguientes consideraciones:
1) En primer lugar destacar que la administración de justicia es la que soporta más carga de trabajo de todas las existentes, sean de naturaleza estatal, autonómica o local. En Andalucía sólo hay 7.000 funcionarios.
2) Es rotundamente falso que no haya control horario o que éste sea casi inexistente. Los funcionarios de la administración de justicia destinados en Andalucía, tenemos establecido desde hace más de una década un sistema de fichaje, a través de una aplicación informática denominada "Hermes". Dicha aplicación está instalada en cada uno de los ordenadores, de manera que el funcionario, tanto a la entrada como a la salida de su puesto, debe fichar en su respectiva aplicación, aunque es un sistema que perjudica al trabajador ya que el inicio del sistema operativo ralentiza la operación de fichaje. Desde que el funcionario entra en su centro de trabajo, por ejemplo, el edificio judicial de La Caleta, llega a la zona de los ascensores, consigue poder hacer uso de uno de ellos para poder acceder a su Juzgado, enciende el ordenador y se carga el sistema operativo, suelen pasar de diez a quince minutos de media. El fichaje se produce una vez que han transcurrido dichos diez minutos, pese a que el funcionario ya se encuentra en su centro de trabajo, a diferencia de los empleados públicos de la Junta de Andalucía, que fichan mediante tarjeta en la misma entrada de sus respectivos centros.
3) Dicho sistema de fichaje, es fiscalizado por continuas inspecciones personales que se realizan de forma presencial por funcionarios de la Delegación de Justicia de la Junta de Andalucía, que tienen por objeto verificar el estado del fichaje y la presencia de los funcionarios en sus puestos de trabajo. Además, indirectamente es también fiscalizado por el Secretario Judicial y Juez o Magistrado del órgano judicial correspondiente, toda vez que los mismos,  tengan o no competencias directas de control horario,  es cierto que tienen la posibilidad de denunciar los incumplimientos de asistencia y puntualidad de los funcionarios de Justicia, en sus condición de colaboradores con la administración autonómica,  incoándose generalmente tras esta denuncia, el correspondiente Expediente Sancionador.
4) El funcionario de la administración de justicia destinado en Andalucía está obligado a realizar un horario de 37 horas y 30 minutos en cómputo semanal que es debidamente realizado a un nivel de profesionalidad y capacidad muy altos.
5) Es totalmente incierto que si el sistema descubre alguna anomalía no pasa nada. Las 37 horas y 30 minutos se desglosan en una parte rígida de 6 horas diarias (30 semanales) a cumplir entre las 08:00 y las 14:30 horas y otra parte flexible de 1 hora y 30 minutos a cumplir entre las 07:30 y las 08:00 horas y las 14:30 y las 15:30 horas de lunes a viernes, así como los lunes y martes de 16:00 a 20:00 horas. Cuando algún funcionario no cumple la parte rígida del horario, directamente se le efectúa el descuento de haberes y se le abre expediente disciplinario que puede motivar hasta la separación del servicio. Si el funcionario no cumple con la parte flexible, se le permite compensar las horas no trabajadas en el mes siguiente, bajo apercibimiento de descuento de haberes y apertura de expediente disciplinario.
6) Por todo lo expuesto, se evidencia que no existe falta de autoridad alguna, pues la Delegación de Justicia de la Junta de Andalucía realiza controles periódicos, como debe ser, para que se de cumplimiento al horario, a través del sistema telemático de fichajes "Hermes", a través de numerosas inspecciones presenciales en los puestos de trabajo, y mediante un procedimiento sancionador en caso de incumplimiento, competencia en este caso del Servicio de Inspección de la Junta de Andalucía, personal independiente y no “contaminado” por presiones corporativas.
A este respecto, aclarar que, desde la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial del año  2003,  los jueces y secretarios fueron "desvestidos" de sus tareas gubernativas y por ende  de cualquier tipo de control sobre los permisos, vacaciones, licencias y horario de los funcionarios que, desde esta fecha asumió la Comunidad Autónoma de Andalucía    pasando a ejercer los jueces las únicas funciones que les encomienda la Constitución: "juzgar y hacer ejecutar lo juzgado"... Esto supuso un avance en derechos para los funcionarios porque antes, un Juez o Secretario podía denegar un permiso sin más añadiendo la coletilla "por necesidades del servicio" , sin más, y existían Juzgados en los que, o te llevabas bien con ellos,  excediéndote en tus funciones y realizando tareas encomendadas a cuerpos superiores, o corrías el serio peligro de ver denegados tus permisos... Parece ser que lo que en el fondo persigue el Presidente del TSJA es, aprovechar esta situación de "recortes de derechos y regresiones de los mismos" para volver a pasadas épocas preconstitucionales.
7) También alude el referido artículo periodístico a que los funcionarios de justicia destinados en Andalucía, toman “días de descanso”, aunque no estén aprobados o con la oposición del Secretario Judicial. La concesión de permisos, licencias y vacaciones de los funcionarios de justicia destinados en Andalucía, es competencia de la Delegación Provincial de Justicia de la Junta de Andalucía, previo visado del Secretario Judicial del órgano donde se halle destinado el funcionario. Habitualmente el Secretario da el visto bueno a la concesión del permiso o emite informe desfavorable y posteriormente la Delegación lo aprueba o lo deniega. Todo ello supeditado a las necesidades del servicio y a los porcentajes contenidos en el Manuel de Normas, Procedimientos y Criterios en materia de Vacaciones, Permisos y Licencias del Personal al Servicio de la Administración de Justicia en Andalucía donde se establecen los regímenes de permanencias. El informe del Secretario Judicial debe ser motivado, y si es negativo, acreditar las circunstancias por las que dicho permiso, para el caso de ser concedido, afecta negativamente a la prestación del servicio. En esos casos, la Delegación de Justicia, deniega siempre el permiso. En otras ocasiones, el Secretario Judicial no visa el permiso en el plazo determinado legalmente, o se opone de manera “caprichosa” y en este caso, la Delegación aprueba el permiso, como no podía ser de otra manera. Por cierto, se alude en el artículo a la concesión de días de descanso. No existe en nuestro reglamento ese tipo de permiso. Únicamente se nos conceden TRES DÍAS AL AÑO para la realización de asuntos particulares, derecho recogido en los convenios laborales sean de naturaleza pública o privada, y que recordamos han sido caprichosamente recortados a pesar de que en el Estatuto Básico del Empleado Público se conceden 6 días. Por el contrario, el colectivo de Jueces del que es máximo representante jurisdiccional el Sr. Del Rio, han aumentado en 9 sus días de asuntos particulares: 12 en total a diferencia del resto de funcionarios que los ha visto reducidos a 3.
8) Quienes no fichan y nadie controla su horario son el colectivo de Jueces-Magistrados por el que habla el Sr. Del Rio, y no porque falle o sea ineficaz… sencillamente, no lo tienen porque nadie se ha atrevido a ponérselo, además de no fichar los Secretarios Judiciales, todos ellos, funcionarios públicos como el resto del personal.
9) También debería preocupar al Presidente del Alto Tribunal que se cumpla el horario de audiencia pública y la inmediación judicial por parte de Jueces y Magistrados o el incumplimiento de la Fe Pública que corresponde al cuerpo de Secretarios Judiciales.
10) Se miente en lo relativo a la concesión de comisiones de servicio, ya que su concesión está reglamentada y supeditada al informe favorable del Secretario Judicial. Las mismas comisiones de servicio son solicitadas y concedidas a los colectivos de Jueces y Magistrados, así como Secretarios Judiciales, y que literalmente se obvian en la memoria.
Ya no sólo nos congelan nuestro salario, sino que en el 2010 el Gobierno de ZP nos lo recortó, en 2012 el Gobierno de Rajoy nos quitó una paga extra y en el 2013 el gobierno de Griñán nos vuelve a recortar un 20% del complemento provisional específico. Lo que supone, una pérdida del 38 por ciento de nuestro poder adquisitivo, según estadísticas contrastadas. Por poner un ejemplo, ello supone una reducción total de más de 6.000 euros anuales con respecto a 2.009. Todo sea por la reducción del déficit público que otros han generado. Además nos recortan el sueldo los primeros 20 días que no podamos acudir al trabajo por razón de enfermedad, por ejemplo por encontrarnos con una rotura de fémur. Nos han recortado también la mayoría de los derechos no retributivos obtenidos durante años y años, hasta trasladarnos a los años 70 y pese a eso ahora tenemos que soportar este continuo escarnio público que ya cansa, a través de un artículo que nos vuelven a dar otro palo, sin contrastar mínimamente la noticia "con la otra parte".
Afortunadamente quedan pocos jueces, secretarios y fiscales como el Sr. del Río y son amplia mayoría los que ven a los funcionarios como sus compañeros de trabajo y  "sufridores" como ellos de una administración que siempre ha funcionado gracias al trabajo de "todos" (jueces, secretarios y funcionarios) paliando con mucho sobreesfuerzo los déficit de una administración a la que ningún político o gobernante ha tenido la voluntad de dotarla de los medios necesarios para que funcione de una forma ágil y eficaz y así dar respuesta a los problemas de los ciudadanos en tiempos razonables cuando acuden a ella para solucionar sus problemas. Con la memoria que ha sido publicada, nos da la sensación de que en esta Administración de Justicia se han dispuesto a volver a la rancia distinción de clases sociales,  unos son sirvientes y otros son servidos

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