lunes, 1 de abril de 2013

NUEVAS TASAS JUDICIALES

Publicado en elpais.com. Las nuevas tasas judiciales —aprobadas hace cinco semanas y, por lo general, más bajas que las de la polémica ley original del Ministerio de Justicia— empezarán a cobrarse a partir de hoy. En realidad ya han estado en vigor todo este último mes, pero no podían cobrarse físicamente porque no estaban listos los formularios de pago, que tuvieron que ser cambiados de arriba abajo cuando el ministro Alberto Ruiz-Gallardón —por la presión de la defensora del Pueblo— modificó la ley por sorpresa apenas dos meses después de su primera entrada en vigor. Los nuevos formularios fueron publicados finalmente ayer por el BOE.
A quienes habían iniciado un pleito en estas cinco semanas —desde el pasado 22 de febrero— ya se les habían aplicado las nuevas tasas (más favorables que las anteriores) pero dejando el pago pendiente. Ahora esas personas tienen un plazo de 15 días para abonarlas. Y los pleitos nuevos ya se regirán también por las nuevas tarifas. Estos son los principales cambios:
  • La tasa fija no se mueve, la variable baja.Las tasas fijas —que oscilan entre 150 y 1.200 euros— no se han tocado. Sí bajan un 80% las variables (aunque solo para los ciudadanos particulares, no para empresas): en lugar del 0,5% sobre el valor de lo reclamado se aplicará un 0,1%. Así, por tasa variable se pagará, como máximo, 2.000 euros, en lugar de los 10.000 del tope anterior.
  • Víctimas de maltrato y desahuciados, exentos. Las víctimas de maltrato y las de accidentes graves están exentas de tasa (y de abogado y procurador, porque pasan a ser beneficiarios de justicia gratuita). Los desahuciados tampoco pagarán tasas cuando pierdan el juicio contra el banco.
  • Divorcios y multas. Las separaciones y divorcios de mutuo acuerdo no pagan tasa; los que no sean de mutuo acuerdo pagan 168 euros (con la ley inicial podían llegar a ser miles de euros, en función del valor de los bienes). Por otro lado, en recursos contra sanciones administrativas, la tasa (en primera instancia) no superará el 50% del dinero reclamado: recurrir una multa de 100 euros supondrá una tasa de 50.
  • Devolución del dinero. A quienes tengan derecho a justicia gratuitasegún los criterios de la nueva ley se les devolverá el dinero pagado en tasas en pleitos presentados desde el 17 de diciembre (el de tasas, no el de abogado ni procurador).

No hay comentarios:

Publicar un comentario