Habrá que cotizar más años
para poder cobrar lo mismo. La reforma, en vigor desde el 1 de enero, elevará
progresivamente la edad de retiro hasta alcanzar los 67 años en 2027
Año nuevo, nueva regulación para las
pensiones. ¿Objetivo? Recortar gastos. ¿Cómo? Desde el 1 de enero el esfuerzo
de cotización del trabajador deberá ser mayor para cobrar la misma pensión que
recibiría con la actual regulación. El primer efecto que tendrá la reforma que
fue aprobada en julio de 2011 será el retraso en la edad de jubilación. Ahora,
la media se sitúa en poco más de 63 años, con una edad legal de 65. De este
escenario pasaremos paulatinamente a otro en el que, como media, los españoles
nos jubilaremos a una edad superior a los 65 años y en el que se tendrán en
cuenta más años para calcular las prestaciones. De los 15 años que se toman
como referencia ahora se pasará de forma progresiva hasta los 25 en un periodo
de diez años.
Estos son los grandes cambios de
la reforma que entra en vigor en 2013:
Camino de los 67 años. La edad de
jubilación se eleva dos años
Con la nueva norma, la edad de jubilación se
eleva de 65 a 67 años para todos los trabajadores. Pero el proceso no será
inmediato, ya que se establecerá un periodo gradual para su entrada en vigor.
Así, a partir de 2013 se irá retrasando progresivamente la edad de retiro de
los 65 años actuales hasta llegar a los 67 años en 2027. Es decir, en 2014 un
trabajador se jubilará a los 65 años y dos meses, en 2015 a los 65 y tres meses
y así sucesivamente hasta alcanzar la nueva edad de 67 años al final del
periodo.
De 35 a 37 años cotizados.
Trabajar dos años más para cobrar el 100%
Actualmente, hay que trabajar un
mínimo de 35 años para poder cobrar el cien por cien de la pensión. A partir de
2013, este plazo se aumentará progresivamente hasta alcanzar los 37 años en el
año 2027 para los que se retiren a los 67. Eso sí, los trabajadores podrán seguir
jubilándose a los 65 años conservando la pensión completa si han cotizado al
menos durante 38 años y medio. La generación que se está jubilando ahora
comenzó a trabajar muy joven y, por tanto, acumula muchos años de aportaciones
al sistema. Más problemas para saltar este listón tendrán los jóvenes actuales,
que han empezado más tarde a cotizar, y las mujeres con lagunas en su
cotización.
Más años para el cálculo. Se
eleva de 15 a 25 de forma progresiva
A partir del próximo martes, se
abrirá un periodo transitorio hasta el 1 de enero de 2022 en el que el periodo
de cotización exigido para calcular la pensión pasará de forma progresiva desde
los 15 años actuales a los 25 años. A cada ejercicio, a contar desde 2013, se
le irá sumando un año hasta completar los citados 25 años en 2022.
Quince años como mínimo. Sin
cambios para acceder a la pensión
No habrá cambios en los años mínimos exigidos
para poder cobrar una pensión. Seguirán haciendo falta 15 años de vida laboral
cotizada para tener acceso a una pensión mínima de jubilación.
Prejubilaciones exigentes .
A la espera de un acuerdo
Estaba previsto que antes de que acabara 2012
entrará en vigor un endurecimiento de las jubilaciones anticipadas para neutralizar
las modificaciones incluidas en la reforma de las pensiones que entrará en
vigor en 2013, pero finalmente no ha sido así y el Pacto de Toledo aún deberá
ponerse de acuerdo sobre este nuevo endurecimiento. Hasta que llegue este
acuerdo, el Gobierno ha suspendido por tres meses los artículos de la reforma
que hacen referencia a esos cambios (61 años para jubilación forzosa y 63 para
la voluntaria). La propuesta que estudia el Congreso y que modificará lo que se
pactó en la Ley de Pensiones, es que las jubilaciones forzosas solo se podrán
realizar con 63 años y las voluntarias con 65. En el caso de que en tres meses
no se vislumbre un acuerdo, el Gobierno decidirá si legisla o prorroga la
suspensión.
Funcionarios. Límites a
los retiros anticipados
Sobre la mesa del Pacto de Toledo
hay una propuesta de la ministra de Empleo, Fátima Báñez, para no permitir que
los funcionarios se puedan jubilar antes de tiempo. Se trata de eliminar esta
posibilidad para cerca de un millón de funcionarios, especialmente docentes y
miembros de los cuerpos de seguridad del Estado, que hasta ahora sí podían
acogerse a esta opción.
Jubilación parcial. A la
espera del Pacto de Toledo
La modificación de esta figura
también está pendiente del Pacto de Toledo. El Gobierno ha propuesto elevar la
edad de jubilación parcial desde 61 a 63 años, modificar la jornada laboral
obligatoria para que llegue hasta el 50% (ahora entre el 25% y el 75%) y
aumentar el periodo mínimo de cotización exigido desde los 30 a los 33 años. Este
tipo de jubilación permite abandonar el mercado de trabajo con 61 años, sin
coeficientes reductores en la cuantía de la pensión y con una reducción de
jornada que es compensada con la contratación de un trabajador -el denominado
contrato de relevista- para cubrir ese puesto. Es una fórmula muy costosa: en
la actualidad hay 121.207 beneficiarios con una pensión media de 1.500 euros al
mes y un coste de 2.000 millones para el sistema público.
Más trabajo voluntario. Compatibilizar
pensión y sueldo
A falta de definir las
compensaciones para el trabajador que lo decida, habrá facilidades para
compatibilizar la pensión con un salario siempre que el jubilado tenga cubierto
el periodo de cotización necesario para percibir el 100% de la prestación. La permanencia
en el puesto de trabajo tendrá premio en forma de menos cotizaciones. A esta
opción solo podrán acogerse trabajadores del sector privado
Cotizan los años de becario...
Equiparación total al contrato formativo
La Ley obligará a las empresas que
financien programas de formación o investigación de los becarios a cotizar por
estos, con equiparación total al contrato de trabajo formativo. La cotización
se producirá de una sola vez y por un máximo de dos años.
...y el cuidado de hijos. Amortiguar
las lagunas de cotización
Para evitar que el retraso en la
edad de jubilación o la exigencia de más años cotizados perjudique a las
mujeres con lagunas de cotización, la norma permitirá que se sumen al cómputo
de años, nueve meses por cada hijo, con un tope de dos años (tres meses en caso
de adopción). Es decir, que una mujer con tres hijos y que además haya
interrumpido su carrera para cuidarlos y después haya vuelto al trabajo, podrá
computarse con los citados dos años. De modo que si a los 67 años tiene
cotizados 35, la Seguridad Social le sumaría otros dos, y se jubilaría sin
penalización. Estos beneficios, que serán reconocidos a uno de los dos
progenitores, reconocen un máximo de 270 días por hijo, aunque se va a aplicar
de forma paulatina hasta 2019 comenzando por 112 días en 2013.
Esta cotización, para la que se
computará como base la media de las bases anteriores, se reconocerá a todos los
efectos, salvo para la suma de los 15 años de periodo mínimo que dan acceso al
cobro de una pensión. El desarrollo reglamentario de la Ley de Pensiones
despeja cualquier duda en cuanto a la compatibilidad de la aplicación del
beneficio por cuidado de hijos con los periodos asimilados por parto y con los
de cotización derivados de las excedencias. Si bien, todos estos periodos se
compensarán con un máximo de cinco años de cotización reconocida. DE ABC
DIGITAL.
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