La Administracion nos ha confirmado lo que ya hemos venido informando, hasta que no salga el catalogo de enfermedades sin descuento de retribuciones seguimos con la misma normativa que hasta ahora, es decir:
Comunicacion al juzgado el primer dia que estas enfermo y al cuarto dia incorporacion al trabajo o peticion de licencia por enfermedad, todo ello sin ningun tipo de descuento de retribuciones.
Si tienes alguna duda llamanos.
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