SPJ-USO ha
sido el único sindicato que ha defendido hasta el final la continuidad de la
actual normativa, con unas simples mejoras.
Como ya sabéis ha salido sin el
apoyo de SPJ-USO esta orden, y además la Administración
después de haber cerrado la negociación de la misma ha introducido
unilateralmente modificaciones en los siguientes apartados:
* Cambio en la puntuación de la baremación de
méritos.
* Ha suprimido la actualización de la experiencia
tras el cese.
* La imposición de un periodo de prácticas
excluyente.
* La prohibición del traslado de bolsa, y
posibilidad de volver a la de origen.
* La exclusión de la bolsa por imposición de falta
grave.
* Se incluye el cese por rendimiento insuficiente.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Quién puede integrar las nuevas
bolsas de interinos de Justicia de Andalucía?
1º) Los que hubieren aprobado alguno de los
ejercicios de las oposiciones a Gestión Tramitación, Auxilio o Médicos
Forenses.
2º) Los que hubiesen prestado servicio un mínimo de
360 días naturales en los cuerpos de Gestión Tramitación, Auxilio o Médicos
Forenses.
¿Cuáles serían los méritos
valorables?
EXPERIENCIA.-
Con un máximo de 90 puntos. (Habíamos pedido 100 puntos).
·
Por experiencia en el cuerpo que se solicita a razón de 0,50 puntos por
mes trabajado.
·
Por experiencia en un cuerpo superior al solicitado
0,30 puntos por mes trabajado.
·
Por experiencia en un cuerpo inferior al solicitado
0,20 puntos por mes trabajado.
·
También para el cuerpo de Gestión se valorara la
experiencia como juez, fiscal o secretario
sustituto.
SUPERACION PRUEBAS SELECTIVAS.-
Con un máximo de 74 puntos.
* Por haber superado todos los ejercicios de acceso
al cuerpo sin superar el proceso selectivo en las dos últimas ofertas de
empleo: 74 puntos.
* Por haber superado el primer y segundo ejercicio
de la última o penúltima oposición convocada para acceder al Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa y Cuerpo de Médicos Forenses, correspondiente a la
bolsa solicitada: 37 puntos.
* Por haber aprobado el primer ejercicio de la
última o penúltima oposición convocada para acceder al cuerpo correspondiente a
la bolsa solicitada: 10 puntos por cada uno.
* Por haber aprobado algún ejercicio de las
oposiciones para acceder al cuerpo correspondiente a la bolsa solicitada, con
anterioridad a la penúltima oposición: 10 puntos por cada uno.
* Por haber aprobado algún ejercicio de las
oposiciones del cuerpo superior: 4 puntos por cada uno, y en el cuerpo
inferior: 3 puntos por cada uno.
POR TITULACIONES.-
Con un máximo de 20 puntos.
Sólo
se valorará como mérito un título académico de nivel superior al exigido como
requisito de acceso al Cuerpo al que se pretende acceder, de la forma
siguiente:
a) Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
• Licenciatura o grado en Derecho: 20 puntos.
• El resto de licenciaturas o grados: 8 puntos.
b) Cuerpo de Tramitación Procesal y
Administrativa.
• Licenciatura o grado en Derecho: 20 puntos.
• Haber superado los tres primeros cursos de la
licenciatura o grado en Derecho; y las diplomaturas o grados de Trabajador
Social, Relaciones Laborales, Criminología y Gestión y Administración Pública:
10 puntos.
• Otros grados, licenciaturas y diplomaturas: 8
puntos.
c) Cuerpo de Auxilio Judicial.
• Licenciatura o Grado en Derecho: 20 puntos.
• Haber superado los tres primeros cursos de la
licenciatura o grado en Derecho; y las Diplomaturas o Grados de Trabajador
Social, Relaciones Laborales, Criminología y Gestión y Administración Pública:
18 puntos.
• Otros grados, licenciaturas y diplomaturas: 10
puntos.
• Bachiller o equivalente: 8 puntos.
d) Cuerpo de Médicos Forenses.
• Especialidad de Medicina Legal y Forense: 20
puntos.
• Psiquiatría; Cirugía Ortopédica y Traumatología;
Obstetricia y Ginecología; Anatomía Patológica y Neurología: 18 puntos.
Formación específica, en
los diez últimos años, hasta un máximo de 16 puntos,
Se valorarán los títulos, diplomas y
certificaciones de cursos cuyos contenidos estén relacionados con las funciones
de los cuerpos convocados, y que sean impartidos u homologados por organismos
públicos competentes en formación de personal empleado público, las
organizaciones sindicales dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las
Administraciones Públicas, así como los organizados por el Consejo General del
Poder Judicial.
Continúa
en las Administraciones Públicas, así como los organizados por el Consejo
General del Poder Judicial.
Los
cursos, certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas y
aquellos de diez o menos horas no se valorarán.
Los
cursos de igual contenido sólo se valorarán una vez, excepto aquellos cursos
cuyos contenidos hayan sufrido modificaciones normativas. La puntuación
adicional por aprovechamiento, para su reconocimiento, ha de venir expresada en
el título, diploma o certificado.
Horas
de curso
|
Puntuación
|
|
|
Con
aprovechamiento
|
Sin
aprovechamiento
|
De
11 a 29
|
1,00
|
0,50
|
De
30 a 59
|
1,50
|
0,75
|
De
60 a 39
|
2,00
|
1,00
|
De
100 o más
|
3,00
|
1,50
|
NOTA.-
LA VALORACIÓN DE MERITOS ES MEDIANTE AUTOBAREMACIÓN EN LA SOLICITUD DE
PARTICIPACION A CADA BOLSA DE TRABAJO, SIENDO VINCULANTE PARA LA PERSONA
SOLICITANTE.
¿Qué documentación se une a la
solicitud para ingresar en la bolsa?
Se une toda la documentación
acreditativa de los requisitos del art.
4 y 5, mediante copia que diga “es copia fiel del original”. No hará falta presentarla
si consta en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía.
¿Cuándo se entrega la
documentación original de los requisitos y méritos baremables?
Cuando
se te convoque para el llamamiento, para su cotejo. La falta de su presentación
supondrá la baja automática de la bolsa.
¿Quién tiene que presentar
solicitud para pertenecer a las nuevas bolsas de cada provincia?
Todos los funcionarios interinos de las actuales
bolsas de trabajo estén o no trabajando, así como las personas que cumpliendo
los requisitos generales, tengan los 360 días de servicio o tengan aprobado algún ejercicio de las
oposiciones.
¿Puedo trasladarme de una bolsa
de una provincia a otra de Andalucía?
Solamente hay dos casos para poder hacerlo uno en
los supuestos de violencia de género y otro por agrupación familiar y no puedes
volver a la bolsa de origen.
¿En cuántas bolsas provinciales y
por cuerpos puedo estar?
Solamente podrás estar en una bolsa provincial y en
un solo cuerpo. Excepto en las provincias donde haya bolsas de zona.
¿Cómo se hacen los llamamientos?
Cuando existan puestos a ser cubiertos por
interinos, se agruparan los mismos, convocándose a un numero de interinos, al
menos, superior al 10% de plazas a cubrir. La convocatoria se realizara por
correo electrónico.
¿Cómo se produce el cese
funcionario interino?
Cuando se publique en el Boletín Oficial del
Estado, e inicie el plazo posesorio de la persona funcionaria titular de un
puesto vacante desempeñado por el personal funcionario interino. En el caso de
que, por causas motivadas de la persona funcionaria titular, el puesto ocupado
por la persona funcionaria interina no llegara a cubrirse, éste continuará
ocupándolo hasta su cobertura efectiva, salvo que existiese una falta de
disponibilidad presupuestaria, en cuyo caso se le cesará. Si en el órgano de
que se trata hubiera más de una persona funcionaria interina ocupando puesto
vacante en el mismo cuerpo, deberá cesar aquélla que hubiera tomado posesión en
fecha más reciente en el órgano, con independencia de los cambios de
nombramiento que se hubiesen producido. En caso de empate, se atenderá al
número de orden en bolsa.
El
personal funcionario interino nombrado como consecuencia de una sustitución,
incapacidad temporal, licencia u otra circunstancia, cesará cuando se incorpore
su titular. Si por cualquier circunstancia el puesto pasase a ser vacante, con
independencia del cambio de nombramiento de sustitución a vacante, el cese del
personal interino se producirá conforme a lo dispuesto en el apartado anterior.
¿Cuándo cese un interino se
reincorpora a la bolsa de trabajo?
Si, aunque cuando el personal funcionario interino
haya prestado de forma acumulada sus servicios al menos durante 360 días
naturales, a contar desde el último cese, no procederá un nuevo nombramiento
hasta transcurridos 120 días naturales desde su cese, salvo que la bolsa del
Cuerpo de que se trate estuviere agotada, en cuyo caso no se tendrán en cuenta
los plazos establecidos en este apartado, sin que resulte necesario acudir a
las reglas previstas en el artículo 3.4 de la presente Orden.
¿Qué documentación se une a la
solicitud para ingresar en la bolsa?
Se une a la solicitud la
documentación acreditativa de los
requisitos del art. 4 y 5, mediante copia que diga “es copia fiel del
original”. No hará falta presentarla si consta en el Registro General de
Personal de la Junta de Andalucía.
RECOMENDAMOS HACER UNA LECTURA PORMENORIZADA
DE LA NUEVA NORMATIVA DE INTERINOS. SI TENEIS CUALQUIER DUDA LLAMARNOS
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