“PODRÍA SER DURANTE LA
NEGOCIACIÓN DE LAS R.P.T´s, PERO NO AHORA…”
Ante
la inabarcable carga de trabajo de los juzgados de lo Mercantil de Andalucía de
la que es testigo tanto el informe del Consejo General del Poder Judicial como la propia Memoria del
T.S.J, la escasez de medios humanos y materiales que sufre esta jurisdicción y
consecuencia de todo ello el colapso que vienen padeciendo estos Juzgados se
presentó escrito ante la Consejería de Justicia e Interior con fecha de entrada
13 de Febrero con el objetivo de
solicitar la apertura de un proceso negociador en el seno de la Mesa Sectorial de
Justicia de Andalucía encaminado al establecimiento de un complemento específico própio para los
Juzgados de lo Mercantil de Andalucía.
En
contestación a dicho escrito, la Directora General de Oficina Judicial y Fiscal ha
informado que:
1.Los trabajadores no están legitimados,
de forma directa, a la apertura de un proceso negociador, sin perjuicio
de que así lo soliciten para que sus peticiones sean debatidas y negociadas en
el seno de la Mesa
Sectorial correspondiente. (algo obvio y por lo cual SPJ-USO
está apoyando esta iniciativa)
2.Señala con referencia a la estructura
retributiva del personal al servicio de la Administración de Justicia
en Andalucía que se encuentra compuesta por conceptos establecidos de forma
transitoria, entre otros, el complemento provisional específico que se ha
venido manteniendo hasta la futura aprobación de las Relaciones de Puestos de
Trabajo, pero no se incluye un complemento específico que retribuya el hecho de
estar destinado en órganos con elevada carga de trabajo, tampoco se retribuye
una mayor especialización, ya que no se requieren habilidades, conocimientos,
experiencia o formación específica para poder optar a un puesto en un
determinado orden jurisdiccional.
Igualmente señala que es necesario
tener en cuenta la actual coyuntura económica y la vigente legislación
presupuestaria, que no permite un incremento de las retribuciones, por todo lo
cual y debido a ello la Directora manifiesta que no es posible un incremento de
las retribuciones del personal al servicio de la Administración de Justicia,
pero si manifiesta que dichos
conceptos retributivos transitorios actuales se verán consolidados con la
implantación de las Oficinas Judiciales y Fiscales, y serán
establecidos conforme al art. 516 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, del Poder
Judicial. En este momento sí podría
ser factible, siempre y cuando la normativa presupuestaria lo permita, la
individualización del “complemento específico” establecido en el
artículo 516.1 b) de la Ley 6/1985 ya que éste está destinado a ”retribuir las
condiciones particulares de los mismos, en atención a su especial dificultad
técnica, dedicación, responsabilidad, incompatibilidad, penosidad o
peligrosidad “.
Es
decir que la Consejería nos viene a sugerir algo que ya teníamos claro en
SPJ-USO, como es el hecho de que durante
la negociación de Nueva Oficina Judicial y de las Relaciones de Puestos de
Trabajo, es factible la
individualización e incremento del “complemento específico” de estos
Juzgados.
Obviamente así lo defenderemos desde SPJ-USO llegado
el momento, aún así, seguimos insistiendo en la necesidad de abrir un proceso
negociador previo, tal y como ocurrió
con los Juzgados de Violencia -algo que
parece olvidar la Consejería- encaminado
a reconocer las penosas condiciones en que el personal destinado en los
Juzgados Mercantiles tiene que desarrollar a diario su labor.
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