24/03/2015
El Senado ha aprobado una modificación
en el Proyecto de Ley Orgánica de reforma del Código Penal,
que prevé la entrada en vigor de esta reforma el uno de julio de este año, en
vez de a los seis meses de su publicación en el BOE, como se contemplaba en la
redacción inicialmente aprobada por el Congreso.
Tal como anticipamos ayer en
nuestra noticia sobre las Reformas
Legislativas previstas para 2015, el Senado aprobó este Proyecto de
Ley el
pasado día 11 de marzo, con lo que su aprobación definitiva por el
Congreso se prevé para el próximo mes de abril.
Sin embargo, como informa Ana
Vela Mouriz, de la redacción de El Consultor Jurídico,
el Senado ha introducido una importante enmienda que anticipa la entrada en
vigor de esta reforma, de forma que ya no tendría lugar a los seis meses de su
publicación en el BOE (es decir, aproximadamente en octubre o noviembre
próximos), sino varios meses antes, concretamente el uno de julio de este año.
Otras enmiendas
Ana Vela ha elaborado un resumen
del resto de enmiendas aprobadas por la Cámara Alta, entre las que destacan las
siguientes:
-
Se prevé la paralización de los derribos de viviendas
ilegales en la zonas costeras hasta que los propietarios tengan asegurado el
cobro de indemnizaciones.
-
Según esta enmienda, el juez podrá, una vez "oída la
administración competente, condicionar temporalmente la demolición a la
constitución de garantías que aseguren el pago" de las indemnizaciones.
-
Además de castigar la resistencia y desobediencia grave a
la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones (de tres meses a un
año de cárcel), serán sancionados con una multa de uno a tres meses aquellos
que "falten al respeto y consideración debida a la autoridad".
- Se eleva de uno a dos años la
condena mínima para quienes inciten a la prostitución a menores discapacitados
y recoge la posibilidad de aplicar la libertad vigilada para los maltratadores
que lesionen a sus parejas.
Estas enmiendas se unen al
contenido general de la reforma, aprobada inicialmente por el Congreso y cuyas
novedades más destacadas recordamos a continuación:
- Suprime las faltas, para
convertirlas en delitos leves o sanciones administrativas. En paralelo, se
modifica la LECrim para adecuarla al enjuiciamiento de esta nueva modalidad
delictiva (en concreto, se modifica la rúbrica del Libro VI de la misma, que
pasa a titularse "Del procedimiento para el juicio sobre delitos
leves" y sus artículos 962 a 967, 969, 973 y 976)
- Tipifica como delito la
financiación ilegal de partidos. Las personas que participan en
"estructuras u organizaciones, cualquiera que sea su naturaleza, cuya
finalidad sea la financiación de partidos políticos" al margen de la ley
serán castigadas con una pena de prisión de uno a cinco años de cárcel, con
independencia de la cuantía de la comisión.
- Eleva a 16 años la edad mínima
de consentimiento sexual,
- Incluye la prisión permanente
revisable, que podrá ser impuesta en casos de excepcional gravedad, como el
homicidio del Rey o su heredero, de jefes de Estado extranjeros, genocidio,
asesinatos en serie cometidos dentro de una organización criminal o contra
menores de 16 años o personas especialmente vulnerables.
- Se dificulta además el acceso
la libertad condicional a los corruptos que no hayan reparado el daño causado.
- Se modifica la regulación del
decomiso para que los jueces puedan ordenar la intervención de bienes del
condenado procedentes de otras actividades delictivas siempre que existan
indicios de su procedencia ilícita, como puede ser la desproporción entre el
patrimonio y su medio de vida o el recurso de paraísos fiscales o empresas
interpuestas.
- Se regula la Oficina de
Recuperación y Gestión de activos procedentes del delito
- Se reduce la pena de cárcel a
quienes dificulten o impidan el ejercicio de huelga y a los piquetes que, no
obstante, seguirán teniendo castigos más duros cuando actúen con violencia.
- Se aumenta la persecución del
maltrato, abandono y explotación sexual de animales.
- Se tipifican nuevos delitos
como el matrimonio forzado, el hostigamiento, la divulgación no autorizada de
imágenes o grabaciones íntimas obtenidas con la anuencia de la persona afectada
o la manipulación de los dispositivos de control que sirven para vigilar el
cumplimiento de las penas.
- Se trasponen decisiones
europeas sobre pornografía infantil, explotación sexual de menores, trata de
seres humanos o inmigración ilegal.
- Excepcionalmente, un europeo
podrá ser expulsado si representa una amenaza grave para el orden público o la
seguridad pública, por lo cual la pena de prisión será sustituida por la
expulsión del territorio nacional.
- Se agravan las penas de
delitos de hurto y robo para aumentar la persecución de multirreincidentes,
butrones, alunizajes o robo de cable de cobre o suministro eléctrico.
- La libertad condicional no
computará como tiempo de cumplimiento de condena, pero su concesión determinará
la suspensión de la ejecución del resto de la pena. Si durante ese tiempo no
reincide, se declarará extinguida la pena pendiente, pero si incumple las
condiciones, la libertad será revocada y se deberá cumplir la pena que le
restaba.
- La norma modifica la Ley del
Indulto para que un alto cargo del Ministerio de Justicia comparezca sobre
estos expedientes cada seis meses.
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