Un mal planteamiento de esta Mesa de negociación por
parte de la Consejería, deriva en que no pueda quedar aprobada esta importante
normativa.
La enésima Mesa técnica convocada para tratar esta regulación termina sin
dejar zanjada la misma. La Administración junto a la citación nos
“sorprendió” con un nuevo borrador que no recogía o modificaba unilateralmente
importantes acuerdos de mesas previas que ya dábamos por negociados y asumidos,
por lo que se ha producido una revisión del Manual desde el principio (que
nosotros considerábamos ya negociado en más de un 80 %) habiendo quedado
emplazados para una nueva convocatoria de Mesa durante el mes de junio,
en la que esperamos y deseamos que quede ya finalizada esta regulación, pues su
dilación está produciendo graves perjuicios a muchos compañeros/as a los que ya
se ha denegado el disfrute de alguno de los permisos contenidos en esta regulación
que no termina de ver la luz.
Seguidamente os
resumimos lo acordado en el día de hoy y el punto de partida previo en
cada uno de los permisos en los que ha habido algún cambio.
VACACIONES:
Mesa de 11 de ABRIL: Se admitió la
posibilidad de disfrutar los 22 días de forma individualizada, sin que
tengan que ser preferentemente en los meses de verano (como si ocurre en
territorio Ministerio) y debiendo hacerse la petición al menos con 5 días de
antelación, salvo caso justificado de urgencia o necesidad.
El visado del Secretario se debía realizar en el plazo máximo de 3
días, pues en otro caso se entiende positivo. En caso de denegación
esta habrá de ser justificada y valorada por la respectiva Delegación
Provincial. Permanencia en el mes de Agosto de un máximo del 50 %
de plantilla.
ÚLTIMO BORRADOR previo a esta Mesa: 22 días individualizados, disfrute preferente del 15 de junio al 15
de septiembre, sin referencia a plazo para el visado del Secretario y Silencio
Positivo en caso contrario. El máximo de Permanencia se reduce al 35 % de la
plantilla.
COMO QUEDA TRAS ESTA MESA: Posibilidad de disfrutar 22 días de forma individualizada, sin
preferencia de los meses de verano, petición al menos con 5 días de antelación.
Silencio Positivo en caso de falta de visado del Secretario. Permanencia en el
mes de Agosto de un máximo de funcionarios del 50% (también en los puentes)
PERMISO POR ASUNTOS PARTICULARES:
MESA de 11 DE ABRIL: Se accedió a la posibilidad de acumular los días de permiso por asuntos
particulares a los de vacaciones, así como la incorporación de la normativa de
la Administración General del Estado relativa a que si una festividad de
carácter nacional cae en sábado, se otorgue un día de permiso adicional ese
año, como ocurre este año con un sábado-festivo el 12 de Octubre.
ÚLTIMO BORRADOR: 3 días sin acumulación a
vacaciones. SPJ-USO
solicita un día de permiso de feria (como ha ocurrido en Córdoba)
COMO QUEDA: 3 días que SI se pueden acumular a vacaciones, un día cuando el festivo
nacional cae en sábado y también un día por festividad local que caiga en
sábado. NO se concede el día solicitado por feria.
PERMISO PARA CONCURRIR A EXÁMENES FINALES Y PRUEBAS DEFINITIVAS DE APTITUD:
COMO QUEDA: A la regulación previa se ha añadido que también estarán cubiertas bajo
este permiso las pruebas selectivas para acceso a la Función Pública.
PERMISO PARA EL CUMPLIMIENTO DE UN DEBER INEXCUSABLE de carácter público o personal y por deberes relacionados con la
conciliación de la vida familiar y laboral:
MESA de 11 de abril: desde SPJ-USO solicitamos que en este apartado se recogiese la asistencia, por el tiempo
indispensable, a pruebas médicas de revisión, tratamiento o diagnosis que se
señalen en horario de mañana en relación con enfermedades del propio
funcionario. La Administración tomó nota.
ÚLTIMO BORRADOR: Nuestra solicitud de asistencia a pruebas médicas del propio funcionario
por tiempo indispensable se acepta y se introduce en el apartado de IT. Se
introducen ejemplos de lo que se considera por deber inexcusable
COMO QUEDA: Este apartado queda igual que el 11 de abril salvo lo relativo a nuestra
propuesta que es aceptada y se regula en el apartado IT. Se recogen
algunos ejemplos de lo que se considera deber inexcusable.
COMPENSACIÓN DE LOS DÍAS 24 Y 31 DE DICIEMBRE Y FIESTA EN
SÁBADO:
MESA de 11 DE ABRIL: Compensación 24 y 31, no regulaba la fiesta en sábado nacional.
ÚLTIMO Borrador: Añaden la festividad nacional
COMO QUEDA: Compensación 24 y
31, inclusión de un día al año de Festividad nacional que coincida en
sábado, y también de festividad local que coincida en sábado. Se
reflejará en la nueva regulación la compensación por realización de guardia los
días 24 y 31 de diciembre que ya recogía el calendario laboral (2 días de
compensación por cada uno de ellos)
LICENCIA PARA FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO:
MESA de 11 de Abril Se ha añadió que el tiempo destinado a la realización de actividades
formativas se consideraría tiempo de trabajo cuando se celebren dentro de dicho
horario.
ÚLTIMO Borrador: Se distingue entre Cursos Homologados con retribución del 100 % y no
Homologados retribuido con las retribuciones básicas y prestaciones por hijo a
cargo.
COMO QUEDA: Con la suma de las dos anteriores.
LICENCIA POR ASUNTOS PROPIOS SIN RETRIBUCION
MESA de 11 de Abril: 3 meses cada dos años, sin período mínimo de días a solicitar.
ÚLTIMO Borrador: Introducen que el período mínimo de solicitud es de 7 días
COMO QUEDA: Retiran el período mínimo de 7 días y se mantiene como estaba hasta
ahora.
LICENCIA POR ENFERMEDAD:
MESA de 11 de abril: Distinción entre personal MUGEJU y personal Seguridad Social.
ÚLTIMO Borrador: Recogen la propuesta de SPJ-USO de ausencias del puesto de trabajo cuando
el propio funcionario necesita la asistencia a consulta, prueba o tratamientos
médicos, que habrá de justificarse.
COMO QUEDA: Se mantiene nuestra propuesta y se añade el requerimiento previo
(para su justificación) antes de la deducción de haberes cuando sean ausencias
injustificadas.
La regulación relativa a cuando se presentará el parte de baja se hará
finalmente de forma similar a como se regule para el resto de empleados
públicos de Andalucía, por lo que habrá que esperar.
LICENCIA POR PATERNIDAD, POR EL NACIMIENTO, ACOGIMIENTO O
ADOPCIÓN
MESA de 11 de Abril: Insistimos en que la Ley 9/2009 establece que el permiso por paternidad
será de cuatro semanas; se ciñen a lo estipulado en el Estatuto Básico
del Empleado Público que limita este permiso, temporalmente, a 15
días, no obstante recogerán una cláusula que permitirá el disfrute de las
cuatro semanas en cuanto se levante su suspensión por el Gobierno.
ÚLTIMO Borrador: Como el 11 de abril
COMO QUEDA: Se asume el compromiso de aumentar de inmediato este permiso a cuatro
semanas en cuanto se levante la suspensión del Gobierno al respecto. Además si
el recién nacido sufre alguna discapacidad certificada por el facultativo el
permiso se amplia de 15 a 20 días.
LICENCIA POR LACTANCIA de un hijo menor:
MESA de 11 de Abril: Se extendió a
hijos menores de 16 meses en vez de 12 meses y se amplia al cuidado del hijo
menor y no solo por lactancia. Este permiso podrá ser disfrutado
indistintamente por uno u otro de los progenitores. Aún cuando la madre
no trabaje, podrá disfrutarse por el padre. Nos indican
que han de estudiar esta regulación, pues puede darles algunos problemas, por
lo que desde SPJ-USO le aportamos informe jurídico elaborado por nuestro
sindicato que avala esta decisión
ÚLTIMO Borrador: Aumentan la edad del menor a 16 meses sin pronunciarse sobre el disfrute
por el padre cuando la madre no trabaje.
COMO QUEDA: Se aumenta a hijos menores de 16 meses y aceptan que cuando la
madre no trabaje se disfrute por el padre.
PERMISO POR FALLECIMIENTO, ACCIDENTE O ENFERMEDAD GRAVE,
hospitalización e intervención quirúrgica de
un familiar, o ENFERMEDAD INFECTO-CONTAGIOSA DE MENORES de 9 años:
MESA de 11 de Abril: Se admitió el permiso por enfermedad infecto-contagiosa de hijos menores de
9 años, como era previsible, pues este ya estaba regulado para la
Administración Gral. de la Junta de Andalucía. Su duración será de 3 días
naturales.
ÚLTIMO Borrador: Además de lo anterior incluyen todos los procesos patológicos en que se
produzca hospitalización.
COMO QUEDA: Se aclara que esta hospitalización será tanto sanitaria como domiciliaria y
que corresponde un solo permiso por familiar y proceso de hospitalización y
también de aquellas enfermedades que sin producirse hospitalización,
quede acreditada su gravedad
LICENCIA POR MATRIMONIO o inscripción como pareja de
hecho:
MESA de 11 de Abril: los 15 días
naturales serán consecutivos, pero podrán disfrutarse dentro de los 30 días
siguientes al matrimonio o inscripción.
ÚLTIMO Borrador: Desaparece la mención a
los 30 días siguientes.
COMO QUEDA: Se podrá disfrutar
durante los DOCE MESES siguientes.
PROCEDIMIENTOS:
Se establece un criterio general de petición vía Hermes y en su defecto a
través de modelo normalizado para todos los permisos (que se podrá descargar
por la intranet y también por internet) para poder presentarse por escrito.
Se introduce como SPJ-USO VENÍA
INSISTIENDO, que el silencio en la contestación a una solicitud será SIEMPRE
POSITIVO y a favor del funcionario.
No ha quedado claro que van a acordar respecto a la solicitud de necesidad
o no, de visado del Secretario Judicial para los permisos, pues en algunos de
ellos (en particular los que tienen causa justificada) carece de sentido.
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NO HEMOS PODIDO concluir esta negociación, como antes os indicábamos, ni
entrar en la negociación de los restantes puntos del orden del día(orden de organización y adscripción de médicos forenses a los
servicios de los I.M.L. y convocatoria de Acción social) por lo que
quedan pendientes para la próxima mesa de negociación.
POR ÚLTIMO la Administración nos traslada su intención de negociar de aquí a fin de
año la orden de interinos, la normativa sobre comisiones de
servicio y sustituciones y el calendario laboral para 2014.
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