viernes, 31 de mayo de 2013

HORARIO DE GUARDIA II. MUY IMPORTANTE

Hemos estado hoy en contacto con Delegación, respecto al sistema de fichaje en el nuevo HERMES, de los compañeros que estén de guardia en "partidos judiciales que cuenten con dos o tres Juzgados de Primera Instancia e Instrucción", nos comunican:

1º) Que debemos asignarnos la guardia de disponibilidad de 8 dias, en el apartado de fichaje, ya que sino, el sistema entiende que no estamos de guardia, y por lo tanto, el horario de más que hagamos fuera de la jornada ordinaria de trabajo, NO CONTARÁ. 

2º) Que da igual dentro de la Guardia de Disponibilidad de 8 días, que pongamos ORDINARIA 1, u ORDINARIA 2, el sistema reconocerá, que estamos de guardia y SI CONTARA las horas trabajadas.

3º) Si NO nos asignamos la guardia, no podremos realizar el INFORME DE GUARDIA, al finalizar la misma, y por lo tanto NO CONTARÁ CORRECTAMENTE EL HORARIO REALIZADO

Lo que tenemos que tener en cuenta con la implantación del NUEVO HERMES, es que distingue perfectamente entre JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO, y JORNADA DE GUARDIA.

Asi que por la seguridad de que nos cuenten las horas que realmente realizamos, es RECOMENDABLE Y ACONSEJABLE, mirar bien una vez que hayamos fichado, la jornada de trabajo que nos está contando. 

SEGUIREMOS INFORMANDO

No hay comentarios:

Publicar un comentario