¿Qué es la CRS?
Una historia de Lucha y Solidaridad desde 1986
En España, la USO es el único sindicato a nivel de todo el Estado, que
dispone para sus afiliados y afiliadas de Caja de Resistencia y
Solidaridad.
La CRS de la USO es un instrumento de valor incalculable al apoyar
económicamente a los afiliados y afiliadas en las situaciones en las
que, en el transcurso de su vida laboral, se encuentran inmersos en
especiales dificultades, ya sea defendiendo con una huelga sus legítimas
aspiraciones y reivindicaciones sociales, económicas y sindicales, o
cuando fruto de represalias empresariales o de errores profesionales de
los que nadie estamos exentos, se ven afectados por sanciones, o incluso
despedidos.
20 años de historia: más de 3000 conflictos cubiertos, más de 5 millones de Euros abonados
En los casi 20 años de funcionamiento la USO, a través de su Caja de
Resistencia y Solidaridad, ha abonado a los afiliados y afiliadas que
han participado en huelgas o han sufrido represalias sindicales o
sanciones por motivos profesionales, más de 5 millones de Euros, en los
mas de 3000 conflictos cubiertos.
En los casos de despido debido a actividades sindicales y/o sanción por
motivos profesionales o actividad sindical, la CRS-USO paga hasta el
100% del salario del afiliado o afiliada durante un periodo de hasta 12
meses.
Asimismo, la CRS apoya económicamente a todos los afiliados/as en caso de invalidez o fallecimiento por accidente extra-laboral
Las prestaciones de la CRS-USO
HUELGA O CIERRE PATRONAL
La cuantía de las prestaciones a las que el afiliado o afiliada tiene
derecho se establecen en función del cómputo de la antigüedad como
cotizante. A estos efectos, la antigüedad en el sindicato comienza a
contar desde el día en el que se formaliza la afiliación, debiendo tener
abonada la cuota correspondiente para tener derecho a la prestación.
Las cuantías serán las siguientes:
Antigüedad en la afiliación |
Porcentaje
|
Cuantía
|
Entre de 1 y 3 meses |
75%
|
16,13€
|
A partir de 3 meses |
100%
|
21,51€
|
SANCIONES Y DESPIDOS
El importe de las prestaciones será el equivalente a la media del
salario neto de las tres últimas nóminas (excluidas las horas
extraordinarias) estableciéndose el tope del importe en el 300% del
Salario Mínimo Interprofesional vigente, tomando como referencia, a los
efectos de ese tope, el cómputo anual, esto es, importe mensual del
S.M.I. por 14 y dividido entre 12 mensualidades.
INVALIDEZ O FALLECIMIENTO
La cobertura por invalidez permanente o fallecimiento en accidente
extralaboral comprende las siguientes cuantías indemnizadoras:
Antigüedad en la afiliación
|
Invalidez (según baremo)
|
Fallecimiento
|
De 2 a 5 años |
5.000 €
|
5.000 €
|
De 5 a 10 años |
7.000 €
|
7.000 €
|
Superior a 10 años |
10.000 €
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10.000 €
|
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