- Este Acuerdo es que el que prevé entre otras cosas, la devolución de los tres días de asuntos particulares que aún nos restan por reponer, hasta alcanzar los 9 de que disfrutábamos, previa modificación de la LOPJ. Ahí es donde se plantea el problema dada la inestabilidad parlamentaria actual, que impide sacar adelante cualquier modificación de una Ley Orgánica.
- Igualmente, prevé la conversión en plantilla, en un plazo de 9 meses, de todos aquellos refuerzos estructurales con una antigüedad de al menos 3 años.
- Y también es el Acuerdo que iguala a los compañeros destinados en Territorio Ministerio en cuanto al régimen de enfermedades exentas de descuento en nómina, al régimen que ya tenían Jueces, Magistrados y Fiscales, que, por ejemplo, incluye las enfermedades infecto-contagiosas y cualquier tipo de fractura (básicamente las dos patologías que son más frecuentes y donde la Administración encontraba el mejor caladero para "pescar" en nuestras nóminas).
- Lamentablemente, en Andalucía, gracias a un "magnífico" Acuerdo alcanzado en Mesa General de Función Pública por parte de la Junta de Andalucía y CSIF, CCOO y UGT, tenemos un régimen mucho más restrictivo donde no se incluyen las enfermedades infecto-contagiosas y las fracturas han de ser abiertas o múltiples.
viernes, 22 de enero de 2016
Publicación en BOE, Acuerdo sindical en Territorio Ministerio
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