martes, 5 de enero de 2016

FORMACIÓN CONTINUA (ON LINE) Carrera Fiscal, Letrados Admón. Justicia, Abogados del Estado, Médicos Forenses y Facultativos INTCF

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO DE ESTUDIOS JURÍDICOS, DE 23 DE DICIEMBRE DE 2015, DE CONVOCATORIA GENERAL DE 34 ACTIVIDADES DEL PLAN DE FORMACIÓN CONTINUA (ON LINE) 2016 PARA LA CARRERA FISCAL Y CUERPOS DE LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, ABOGADOS DEL ESTADO, MÉDICOS FORENSES Y FACULTATIVOS DEL INTCF

 El Consejo del Centro de Estudios Jurídicos (CEJ), en su reunión de 1 de diciembre de 2015, aprobó el Plan de Formación Continua del año 2016 para las siguientes Carreras y Cuerpos: Carrera Fiscal, Cuerpo Superior Jurídico de Letrados de la Administración de Justica, Cuerpo de Abogados del Estado, Cuerpo de Médicos Forenses y Cuerpo de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF).


En su virtud, y en uso de las atribuciones conferidas por el Estatuto del Centro de Estudios Jurídicos, aprobado por Real Decreto 1276/2003, de 10 de octubre (BOE de 17 de octubre),

RESUELVO

Primero. Convocatoria de 1.218 plazas para 34 cursos on line 2016.

Se convocan 1.218 plazas para 34 cursos on line que a continuación se detallan incluidos en el Plan de Formación Continua del Centro de Estudios Jurídicos para el ejercicio 2016, que se desarrollarán a través de la plataforma de teleformación accesible desde el Portal Web del Centro de Estudios Jurídicos.

Estos 34 cursos on line tienen por objeto las siguientes materias para cada Carrera o Cuerpo:

1.Carrera Fiscal:

-- La Responsabilidad Penal y la Protección Jurídica del Menor.
-- Economía y contabilidad.
-- Operaciones fraudulentas cometidas a través de sociedades.

2.Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia:

-- Protección de Datos: Actuación y Funciones del Secretario Judicial.
-- Derecho foral Valenciano.
-- Derecho foral Gallego.
-- Aplicación práctica de hojas de cálculo para Secretarios Judiciales.

3.Cuerpo de Abogados del Estado:

-- Economía y contabilidad.
-- Operaciones fraudulentas cometidas a través de sociedades.

4.Cuerpo de Médicos Forenses y Cuerpo de Facultativo del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF).

-- Antropología y ADN Forense
-- Patología Forense
-- Valoración del Daño Corporal
-- Psiquiatría y Psicología forense

El Anexo que acompaña a esta resolución detalla los diferentes cursos on line por materia, nivel, edición, fecha de celebración, Carrera o Cuerpo al que se dirige y número de plazas en cada uno de ellos.

Segundo. Destinatarios.

La formación se dirige a miembros de las siguientes Carreras o Cuerpos: Carrera Fiscal, Cuerpo Superior Jurídico de Letrados de la Administración de Justicia, Cuerpo de Abogados del Estado, Cuerpo de Médicos Forenses y Cuerpo de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF), que se encuentren en situación administrativa de servicio activo.

Podrán solicitarse plazas en todas las actividades comprendidas dentro del Plan de Formación de la Carrera o Cuerpo correspondiente, así como las plazas abiertas en las actividades formativas de los planes de formación de otras Carreras o Cuerpos.

Tercero. Presentación de solicitudes.

Las solicitudes de participación en las acciones formativas que se convocan deberán presentarse únicamente a través de la página web del Centro de Estudios Jurídicos: www.cej-mjusticia.es.

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para presentación de solicitudes comenzará el 23 de diciembre de 2015 y terminará a las 15:00 horas del 16 de enero de 2016.

Quinto. Número máximo de actividades formativas que pueden solicitarse y concederse.

Se podrá solicitar hasta un máximo de 2 actividades formativas.

Sexto. Criterios de selección y asignación de plazas a los solicitantes.

Si el número de solicitudes excede del de plazas convocadas, se aplicarán los criterios de selección que a continuación se indican:

1.En primer lugar, se aplicarán los criterios específicos que, en su caso, se establezcan en el Anexo 1 para cada actividad formativa.

2.En segundo lugar, en caso de empate, se dará prioridad a los solicitantes de acuerdo a su posición en el escalafón, salvo cuando los criterios específicos excluyan este criterio de desempate.

En el caso de solicitar la misma actividad formativa en dos ediciones, el solicitante sólo será seleccionado para una de ellas.

Séptimo. Resolución de la convocatoria.

Una vez realizada la atribución automática de plazas, con carácter previo a la celebración de las actividades formativas, el Centro de Estudios Jurídicos resolverá la presente convocatoria mediante la designación de asistentes y suplentes y remitirá a los seleccionados un correo electrónico en el que se especificarán las actividades formativas para las que han sido seleccionados.

Además, días antes de la fecha de inicio de cada actividad formativa, los seleccionados recibirán información detallada sobre la misma.

Octavo. Penalización, renuncias y asignación de plazas por suplencia.

Al tratarse de cursos de formación on line, se aplicará la penalización por falta de conexión periódica al curso a aquellos participantes que no accedan a la plataforma de formación con la regularidad suficiente como para seguir con aprovechamiento el curso. Esto permitirá adjudicar la plaza a otro solicitante en lista de espera.

Las personas seleccionadas que finalmente no pudieran participar en las actividades formativas deberán comunicar al Centro de Estudios Jurídicos a través del correo electrónico enviado con suficiente antelación a la dirección de correo institucional de Formación On Line (fonline@cej-mjusticia.es), y en todo caso en un plazo no inferior a 10 días, tanto la imposibilidad de su asistencia como las causas de su renuncia. Se advierte que la no comunicación de este extremo se podrá penalizar para la selección de asistentes a actividades que posteriormente se convoquen.

Con el fin de ocupar las plazas que pudieran resultar de las renuncias, los solicitantes no seleccionados se incluirán en una lista de suplentes ordenada siguiendo los criterios de selección descritos en el apartado Sexto de esta resolución.

El Centro de Estudios Jurídicos comunicará por correo electrónico las posibles sustituciones a los interesados.

Noveno. Certificados de asistencia.

Según el artículo 3.1.h) de su Estatuto, corresponde al Centro de Estudios Jurídicos expedir los certificados de asistencia a sus actividades formativas.

A tal efecto, a través del Servicio de Formación On Line, se efectuará un control de asistencia individualizada a cada una de las actividades formativas.

El certificado sólo se expedirá cuando se haya participado en al menos un 80% de la actividad formativa.

Estos certificados estarán accesibles una vez finalizada cada actividad formativa, a través de la página web del CEJ: www.cej-mjusticia.es

Décimo. Configuración técnica mínima de los equipos.

Al tratarse de un curso on line, la formación se realizará a través del portal Web del Centro de Estudios Jurídicos, para lo que se requerirá un ordenador y una conexión a Internet, por lo que el equipo que vaya a utilizarse deberá reunir los siguientes requisitos técnicos mínimos para una correcta visualización y ejecución de los cursos on line.

Ordenador:
-- Procesador de 1,5 GHz o superior.
-- 512 MB de memoria RAM o superior (Recomendado 1 GB).
-- 50 MB disponibles en disco duro.
-- Tarjeta de sonido, auriculares y micrófono.
-- Resolución de pantalla 16 millones de colores o superior.

Sistemas operativos y navegadores (se requiere un navegador 32 bits).

-- Tener instalado en el equipo donde vaya a trabajar la versión de Office correspondiente al curso a realizar.
-- Microsoft Windows® XP SP3 o superior.
-- Internet Explorer 6 o superior.
-- Máquina virtual Java SUN 1.6 o superior.
-- «Plug-in» Macromedia Flash Player 10.0.22 o superior

Otros requisitos:

-- Tipo de conexión a Internet: banda ancha o conexión a red local con acceso a Internet y caudal mínimo de 1 mps.
-- Barra de herramientas con el bloqueador de ventanas emergentes desactivado.
-- Posibilidad de que los usuarios que no los tengan puedan descargar e instalar en sus equipos los «plug-ins» enumerados en el apartado de software. Derechos de administración para la instalación.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes ante el Ministro de Justicia, conforme a lo establecido en el artículo 82 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que haya recaído resolución, se podrá entender desestimado el recurso.
Madrid, 23 de diciembre de 2015. El Director. Antonio Zárate Conde.

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