lunes, 30 de julio de 2012

NUEVAS RETENCIONES IRPF TRAS LOS RECORTES

La supresión de la paga extraordinaria del mes de diciembre para todos los empleados públicos, decidida por el Gobierno de la Nación el pasado día 13 de julio, supone que nuestras retribuciones del año 2012 han sido modificadas por efecto de una norma de carácter general que ya ha entrado en vigor (el Real Decreto-ley 20/2012). 

Como ya sabéis en justicia se nos recortara mes a mes desde la nomina julio.

De conformidad con el Reglamento del IRPF (artículo 87.2.3.º), todos los Pagadores o Habilitados esta obligados a reajustar las retenciones que nos han venido aplicando hasta este momento, debiendo efectuar dicho reajuste no cuando les apetezca, sino cuando señala el artículo 87.4 de dicho Reglamento, lo cual quiere decir que nos deben comenzar a aplicar los nuevos tipos de retención (que, salvo raras excepciones, serán inferiores a los actuales) en la próxima nómina o, a más tardar, en la nómina del mes de octubre. 

Ante este cambio en las retenciones, aconsejamos a todos los compañeros que verifiquéis que en la nómina de julio se haya efectuado el reajuste en la retención.

De no ser así deberemos solicitarlo por escrito al responsable de la Delegación de Justicia de Cádiz, advirtiendo que, si no se produjera dicho reajuste como y cuando establecen las normas tributarias, tendríamos derecho a interponer reclamaciones económico-administrativas que correspondan contra las retenciones descontadas de más en las nóminas y a dirigirnos a la Agencia Tributaria instando la rectificación de las liquidaciones de retenciones (modelo 111) en las que dichas retenciones se hubieran ingresado.

Disponemos de  un modelo de escrito.


            Seguiremos informando………

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