NUEVOS TIPOS DE RETENCIÓN APLICABLES DESDE 13 DE JULIO DE 2015 A DETERMINADAS RETENCIONES POR RENDIMIENTOS DEL TRABAJO Y ACTIVIDADES PROFESIONALES Y A LA NÓMINA DE AGOSTO DE 2015.
1.Novedades en los tipos de retención a aplicar a partir de 13 de julio de
2015 a determinadas retenciones por rendimientos del trabajo y actividades
profesionales:
El Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico, introduce los siguientes nuevos tipos de retención aplicables desde 13 de julio de 2015:
a) Cursos, conferencias, seminarios: 15 %.
b) Cursos, conferencias, seminarios realizados por no residentes: con carácter general el 24 %. Cuando se trate de contribuyentes residentes en otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con el que exista un efectivo intercambio de información tributaria, el 19,5 %.
c) Actividades profesionales: con carácter general el 15 %.
2.Novedades de la nómina a partir de agosto de 2015:
El citado Real Decreto-ley establece nuevas escalas aplicables durante todo el año 2015 para el cálculo de los tipos de retención de los rendimientos del trabajo, en función de la situación personal y familiar. Esta medida repercutirá en tipos aplicables menores a partir de la nómina del mes de agosto de 2015, como consecuencia de la aplicación de la nueva escala, lo que conllevará también la inevitable corrección del exceso de retención de las nóminas satisfechas desde 1 de enero de 2015.
No obstante, esta corrección del exceso, que ya no será necesaria en enero de 2016, dará lugar en ese momento a un aumento de tipo respecto del aplicable en la nómina de agosto 2015, por la simple eliminación de ese efecto corrector que sí es necesario en 2015 al haberse adoptado la modificación normativa en medio del ejercicio.
El Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico, introduce los siguientes nuevos tipos de retención aplicables desde 13 de julio de 2015:
a) Cursos, conferencias, seminarios: 15 %.
b) Cursos, conferencias, seminarios realizados por no residentes: con carácter general el 24 %. Cuando se trate de contribuyentes residentes en otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con el que exista un efectivo intercambio de información tributaria, el 19,5 %.
c) Actividades profesionales: con carácter general el 15 %.
2.Novedades de la nómina a partir de agosto de 2015:
El citado Real Decreto-ley establece nuevas escalas aplicables durante todo el año 2015 para el cálculo de los tipos de retención de los rendimientos del trabajo, en función de la situación personal y familiar. Esta medida repercutirá en tipos aplicables menores a partir de la nómina del mes de agosto de 2015, como consecuencia de la aplicación de la nueva escala, lo que conllevará también la inevitable corrección del exceso de retención de las nóminas satisfechas desde 1 de enero de 2015.
No obstante, esta corrección del exceso, que ya no será necesaria en enero de 2016, dará lugar en ese momento a un aumento de tipo respecto del aplicable en la nómina de agosto 2015, por la simple eliminación de ese efecto corrector que sí es necesario en 2015 al haberse adoptado la modificación normativa en medio del ejercicio.
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