jueves, 9 de marzo de 2017

Prestaciones de MUGEJU. NOTA INFORMATIVA

Nota informativa sobre las novedades relacionadas con las prestaciones sociales de MUGEJU.
Se han producido dos importantes novedades relacionadas con las prestaciones sociales que gestiona la Mutualidad General Judicial que mediante esta nota informativa se pone en conocimiento general de todo nuestro colectivo.
1. El Boletín Oficial del Estado de 1 de marzo de 2017 ha publicado la resolución de 23 de febrero de 2017 de la Mutualidad General Judicial por la que se modifica parcialmente la resolución de 19 de diciembre de 2012, en lo relativo a la regulación de las ayudas por tratamiento de psicoterapia o logopedia.
Con efectos desde el día 1 de enero de 2017, y con el fin de facilitar a nuestros mutualistas la tramitación de ambas ayudas, se ha suprimido la distinción entre los procesos susceptibles de tratamiento psicológico con cobertura o sin cobertura a través de las entidades médicas concertadas o las de los servicios públicos de salud. Asimismo, ya no es preciso acreditar si se han recibido o no las sesiones para los tratamientos prescritos por los especialistas.
2. El Boletín Oficial del Estado de 2 de marzo de 2017 ha publicado la resolución de 23 de febrero de 2017 de la Mutualidad General Judicial por la que se convocan ayudas del Programa del Plan de Atención Socio-Sanitaria para el ejercicio del año 2017.
Es importante destacar que sus disposiciones son aplicables a los gastos producidos desde el 1 de enero de 2017 ysus efectos se extenderán a todas aquellas solicitudes que hayan tenido entrada durante los meses de enero, febrero y marzo de este año.
En líneas generales se mantienen los requisitos y condiciones establecidos para los supuestos a que abarcan las ayudas, los programas de atención a personas mayores, a personas con discapacidad y a personas drogodependientes.
No obstante, la resolución contiene algunas novedades que se basan en incrementar las cuantías máximas de las ayudas a percibir por las personas mayores y por las personas drogodependientes, al tiempo que se introducen criterios de progresividad en estas dos ayudas que aún no lo tenían establecido, para lo cual se han establecido tramos inversamente proporcionales a los ingresos de la unidad familiar de las personas interesadas, de manera que:
- En las ayudas del programa de atención a personas mayores, se incrementa el techo del importe máximo hasta los 350 euros al mes, en una escala que abarca tramos de 250 euros y de 150 euros.
- En las ayudas del programa de atención a personas drogodependientes, se aumenta el máximo del gasto hasta la cantidad de 250 euros al mes, en unos tramos que comprenden los 150 euros y los 120 euros.

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