miércoles, 31 de octubre de 2012

COMUNICADO DEL BBVA SOBRE LOS PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS FORMALIZADOS POR MUTUALISTAS ANTERIORES AL 1 DE ABRIL DEL AÑO 2009


Atendiendo a su solicitud y en línea con las conversaciones que hemos  mantenido, nos es grato comunicarles que respecto a los préstamos hipotecarios formalizados por sus asociados con anterioridad al 1 de abril del año 2009, esta entidad está dispuesta a modificar el límite mínimo de del tipo de referencia que pudiera corresponder conforme la escritura del préstamo, ofreciendo a nuestros clientes las siguientes opciones:
  
  • Eliminación  del suelo y techo  en escritura pública que se inscribiría en el Registro de la Propiedad (el coste deberá ser asumido por el cliente)
  • O la posibilidad de optar por la reducción en contrato privado, sin gastos para el prestatario, hasta los siguientes límites:
* para suelos de referencia: el mínimo se fijará en 1.75%, al que se le añadirá el diferencial correspondiente para la conformación del tipo a aplicar en los términos previstos en dicha escritura.

 * para suelos de tipo: el mínimo se fijará en 2.15% , constituyendo éste el tipo de interés final para el  cliente.

Para proceder a realizar cualquiera de estas modificaciones será preciso que el prestatario lo solicite expresamente en la oficina donde tenga concedido el préstamo, siendo necesario que el cliente tenga contratados o contrate en este mismo acto con BBV, entre otros que pudieran resultar de su interés, los productos siguientes: domiciliación de nómina y recibos, tarjeta de crédito y seguro de hogar.

http://www.mugeju.es/es/6_convenios_y_ofertas/2_concierto_eebb/

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