EL
SINDICATO SPJ-USO EN ANDALUCIA NO HA DADO SU
CONFORMIDAD
NI FIRMADO LA NUEVA ORDEN DE INTERINOS
DE
JUSTICIA DE ANDALUCIA
HEMOS SIDO EL
UNICO SINDICATO QUE DESDE EL PRINCIPIO DE LA NEGOCIACION HA DEFENDIDO LA
CONTINUIDAD DE LA ORDEN DE 2006 SIN PERJUICIO DE ACTUALIZARLA Y MEJORAR ALGUNOS
ASPECTOS DE SU CONTENIDO, RESPETANDO EN LO ESENCIAL UNA ORDEN QUE SE HA
DEMOSTRADO EFICAZ EN EL TIEMPO Y PACIFICA EN SU APLICACIÓN.
SPJ-USO a pesar de ser conscientes de que se han
producido algunas mejoras, que a propuesta nuestra han sido introducidas en la
redacción de la nueva orden, hemos optado por rechazar la misma en su conjunto,
por los motivos que ya informamos en la circular de 17/2/2014.
El
resto de sindicatos por su parte, tanto CSIF, CC.OO., STAJ Y UGT, se
posicionaron con la Administración para cambiar el requisito de entrada
obviando los principios de igualdad, mérito y capacidad, COMO CONSTA EN EL
ACTA DE LA MESA TECNICA CELEBRADA EN LA CONSEJERIA DE JUSTICIA DE FECHA 17 DE
FEBRERO DE 2014, en contra de lo regulado en el acceso a otras bolsas de
trabajo en nuestra comunidad (AGJA, EDUCACION, SANIDAD...) y otros como STAJ
incluso pidió expresamente que se valorara más el aprobado de los ejercicios
que la experiencia, con el notable perjuicio que ello va a ocasionar a los
actuales interinos que integran las bolsas de trabajo, COMO TAMBIÉN CONSTA
EN EL ACTA MENCIONADA QUE TENEMOS A VUESTRA DISPOSICION.
COMPARATIVA ORDENES DE INTERINOS DE 2006 Y DE 2015
BOLSA 2006
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BOLSA 2015
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PROPUESTAS SPJ-USO
en la negociación
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SISTEMA DE SELECCION
--Constitución de una única bolsa de trabajo
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SISTEMA DE SELECCION
--Constitución de una única bolsa de trabajo
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SISTEMA DE SELECCION
--Constitución
de una BOLSA PRINCIPAL con los integrantes de la actual bolsa de 2006 y de
una BOLSA SUPLETORIA y subsidiaria que diese acceso al solicitante que
acredite una determinada experiencia y no tengan el requisito de tener un
examen aprobado
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AMBITO Y COMPOSICION DE LAS BOLSAS
--Posibilidad
de estar incluido en todas o algunas bolsas de área de un mismo cuerpo de la
provincia
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AMBITO Y COMPOSICION DE LAS BOLSAS
--Inclusión
en una sola bolsa de área o de un Cuerpo dentro de la Provincia.
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AMBITO Y COMPOSICION DE LAS BOLSAS
--Posibilidad
de estar incluido en todas o algunas bolsas de área de un mismo cuerpo de la
provincia.
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REQUISITOS INCLUSION:
--Haber
aprobado algún ejercicio dos últimas
oposiciones. Además de los generales.
--Los
integrantes de bolsa anterior a 2006, estaban exentos del anterior requisito.
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REQUISITOS INCLUSION:
Cumplir uno
de estos dos requisitos:
--Haber
superado algún ejercicio oposiciones, sin límite de tiempo o haber prestado
servicio en justicia un mínimo de 360 días.
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REQUISITOS INCLUSION:
--Mantenimiento
de los requisitos de la orden de 2006,
(EXAMEN aprobado) que NO es exigible al que ya estuviera
incluido en bolsa.
--Validez de
la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años para poder
acceder a la bolsa de Tramitación.
--Estar
empadronado en la Comunidad de Andalucía, para evitar efecto llamada.
--Un periodo
de formación para aquellos aspirantes
que no acrediten un mínimo de experiencia, impartido por un tutor y con
carácter retribuido.
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MERITOS VALORABLES:
SOBRE UN MAXIMO DE 103 PUNTOS
--Por experiencia: máximo 45 puntos en
los últimos 10 años, a razón de 0,50 puntos/mes. (43,69% DEL TOTAL DE
MERITOS) No se valora la experiencia en otros cuerpos.
Con la
reincorporación a la bolsa, se procede a la actualización automática del
mérito de experiencia.
--Por superación ejercicios: máximo de 38 puntos en los
últimos 8 años. Valorándose los aprobados en todos los cuerpos. (36,89% DEL
TOTAL DEMERITOS)
--Por titulaciones: máximo de 12
puntos. (11,65% DEL TOTAL DE MERITOS)
--Por Formación: máximo de 8 puntos en
los últimos 10 años, a razón de 0,03
puntos por hora de curso.(7,77% DEL TOTAL DE MERITOS)
Se valoraran
todos los cursos
--En caso de
empate, se resolverá a favor del candidato que más punto tenga en la
superación de ejercicios, seguido del mayor tiempo trabajado en el cuerpo al
que pertenece, y, por ultimo, el mayor tiempo de servicios en la
administración de justicia.
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MERITOS VALORABLES:
SOBRE UN MAXIMO DE 200 PUNTOS
--Por experiencia: máximo 90 puntos en
toda la vida laboral, a razón de 0,50 puntos/mes. (45% DEL TOTAL DE MÉRITOS)
Se valora
experiencias en cuerpos superior e inferior, a razón de 0,30 y 0,20
puntos/mes respectivamente.
No se actualizará el merito de la experiencia con la
reincorporación a la bolsa.
--Por superación ejercicios: Máximo de
74 puntos en todos los procesos selectivos. Valorándose los aprobados en
todos los cuerpos.(37% DEL TOTAL DE MERITOS)
--Por titulaciones: Máximo de 20
puntos. (10% DEL TOTAL DE MERITOS),
--Por Formación: Máximo de 16 puntos en
los últimos 10 años. (8% DEL TOTAL DE MERITOS)
de 11 a 29 h.
0,50 p. (1,00 p. con aprovechamiento)
de 30 a 59 h.
0,75 p. (1,50 p. con aprov.)
de 60 a 99 h.
1,00 p. (2,00 p. con aprov.)
de 100 0 mas
horas 1,50 p. (3,00 con aprov.)
No se
valoraran los cursos inferiores a diez horas.
--En caso de
empate, se resolverá a favor del candidato que mas puntos tenga en la
acreditación de experiencia, seguido del que mas puntos tenga en la
superación de ejercicios, y a continuación el que acredite mayor tiempo de
servicios en la administración de justicia, y por ultimo, según la letra del
sorteo que determina el orden de actuación en las pruebas selectivas de la
Junta de Andalucía.
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MERITOS VALORABLES:
--Por experiencia: Pedimos valorar toda
la vida laboral. En todos los cuerpos, y
que la experiencia fuese lo que
MÁS se valorase, en un porcentaje del 60% del total de la puntuación y que se
valorase la experiencia en cuerpos distintos al de pertenencia, a razón de
0,30 p. si es en cuerpo superior y de 0,25 y 0,20 respectivamente si es en
cuerpo inferior.
--Por superación ejercicios: Valorar
todos los ejercicios aprobados sin límite de convocatorias y todos los
cuerpos, con un peso del 22% del total de puntuación.
--Por titulaciones: Valoración de la
titulación en un porcentaje del 8% del total.
--Por Formación: Se valoraran todos los
cursos realizados sin límite de tiempo, incluidos los de informática,
organizados por sindicatos y otras administraciones públicas, y, por
supuesto, todos los impartidos u homologados por el IAAP e INAP.
Solicitamos
también el mantenimiento de la valoración de los cursos por horas, incluso de
aquellos inferiores a 10 horas. Valoración de cursos similares si ha habido
reformas legislativas. Valoración con
un peso del 10% del total.
--Pedimos
actualización automática y continua de todos los méritos.
--En
definitiva, solicitamos la supresión de todos los límites temporales a los
meritos baremables.
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REGIMEN CONVOCATORIA:
--Celebradas
pruebas selectivas justicia, se convocarán y actualizarían las bolsas.
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REGIMEN CONVOCATORIA:
--De forma bienal /cada dos años) con
excepciones. Actualización de méritos cada dos años.
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REGIMEN CONVOCATORIA:
--Que se
convocase bolsa tras la finalización de cada proceso selectivo, y, en todo
caso, a la finalización de cada año para actualización de datos y de meritos
de los integrantes de bolsa.
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SOLICITUDES:
--Deben
presentarlas tanto los que estaban en bolsa como los que no estaban,
presencial o Internet
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SOLICITUDES:
--Deben presentarlas tanto los que
estén en bolsa como los que no estén. Presencial o Internet. AUTOBAREMACION
VINCULANTE.
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SOLICITUDES:
--Solicitamos que la autobaremación no fuese vinculante.
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TRASLADO BOLSA:
--De área o
provincial sin restricciones
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TRASLADO BOLSA:
--De área o
provincial pero SOLO en casos
violencia género y agrupación familiar.
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TRASLADO BOLSA:
--Pedimos que
se quedara como estaba en la bolsa
2006, sin restricciones entre bolsas
de áreas o provinciales, incluyendo los supuestos de violencia de género y
AGRUPACION FAMILIAR.
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PERIODO DE PRACTICAS:
--NO
EXISTÍA PERIODO DE PRACTICAS
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PERIODO PRÁCTICAS:
--Solo para
los que accedan por ejercicios aprobados y que no hubieran trabajado en
Justicia al menos 2 meses en Gestión-Tramitación y 1 mes Auxilio.
--Duración: 2
meses Gestión y Tramitación y 1 mes Auxilio.
--La no
superación de este periodo puede conllevar la expulsión de bolsa
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PERIODO PRÁCTICAS:
--Pedimos
suprimir este apartado y sustituirlo por un periodo de formación para quienes
no acrediten experiencia en el Cuerpo para el que va a ser nombrado, a cargo de un tutor y con carácter
retribuido, sin que pueda conllevar nunca expulsión de bolsa.
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APROBACION BOLSAS:
--Listas
provisionales admitidos y excluidos, plazo 10 días reclamar. Lista definitiva. Plazo 10 días para
escoger provincia y cuerpo (si solicitantes varios). Lista definitiva final.
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APROBADO BOLSAS:
--Finalizado
plazo presentación y subsanación solicitudes, se aprobara relación
provisional seleccionados y lista definitiva excluidos. Alegaciones plazo 10
días. Personas estén en más una provincia o cuerpo dispondrán 10 días para optar. Finalizado
plazo listas definitivas. Llamamientos 10 días después de su publicación.
--No
baremación de todas las solicitudes hasta que no sea necesario.
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APROBADO BOLSAS:
--Baremación del 100% de los integrantes de la bolsa.
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COBERTURA PUESTOS TRABAJO:
--La
Delegación Provincial procedía
directamente a su cobertura por personal interino.
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COBERTURA PUESTOS TRABAJO:
--La Delegación, PREVIA AUTORI-ZACION DE LA
DIRECCION GENERAL acordará su cobertura
(mínimo 3 meses).
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COBERTURA PUESTOS TRABAJO:
--Pedimos que la cobertura fuera inmediata,
y SIN DILACIONES ARBITRARIAS e INJUSTIFICADAS
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LLAMAMIENTOS:
--Cada quince días. Convocando a los
interinos según el orden de bolsa vía telefónica.
--Intentada
dos veces la notificación y siendo negativa se llama al siguiente en la
bolsa. Si esto ocurre dos veces en el periodo de un año se procede a la
exclusión de bolsa.
--Los interinos convocados eligen entre los
destinos ofertados de acuerdo con el orden en bolsa.
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LLAMAMIENTOS:
--Cada quince
días. Convocándose a los interinos según orden de bolsa vía correo
electrónico y anuncio portal Adriano.
--Si no se
comparece una sola vez, sin causa justificada, se procederá a la exclusión de
bolsa.
--Eligiéndose
los destinos ofertados de acuerdo con el orden de bolsa. Orden acudir bolsas será: bolsa principal
o área, bolsa provincial o área cuerpo
superior, bolsa provincial o área cuerpo inferior y SAE.
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LLAMAMIENTOS:
--De forma
quincenal o cuando se crea necesario por razones de urgencia.
--Sometimiento
de la sanción de exclusión de bolsa a su estudio y decisión por la Comisión
Paritaria.
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RENUNCIAS:
--Interino
que no se persona al llamamiento sin causa justificada o no acepta el destino
queda excluido bolsa.
--Renuncias
justificadas: Incapacidad temporal por enfermedad. Incapacidad derivada
accidente trabajo o enfermedad profesional. Maternidad, adopción o
acogimiento. Cuidado hijos hasta 1 año. Teniendo a cargo hijo menor o
ascendiente por consanguinidad o afinidad hasta 2 grado. Accidente grave, enfermedad
grave, hospitalización o fallecimiento dentro primer grado. Matrimonio o
pareja de hecho. Privación de libertad
hasta sentencia. Ejercicio de cargo público. Si puesto ofertado está a más de 50 KM de localidad residencia
(en caso de bolsa única). Relación laboral fuera de la administración de
justicia.
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RENUNCIAS:
--Si el
interino, ofertada una plaza no se presenta a la convocatoria o renuncia sin causa justificada, se entiende renuncia
al nombramiento y queda excluido bolsa provincial o área.
--Se
consideran renuncias justificadas: la incapacidad temporal derivada enfermedad común o accidente no
laboral o incapacidad temporal
derivada contingencias profesionales. Licencia maternidad, paternidad,
adopción o acogimiento. Cuidado
hijos menores hasta 3 años. Se
tenga a cargo descendiente menor edad o ascendientes hasta segundo grado. Accidente grave,
enfermedad grave, hospitalización cónyuge o familiares primer grado. Matrimonio o pareja hecho.
Privación de libertad hasta sentencia firme. Ejercicio cargo público. Bolsa
única-si el puesto ofertado está a más
de 50 KM de localidad residencia. Desempeñar un puesto en otra administración
publica. Los que lo soliciten con antelación al llamamiento (por 6 meses).
Violencia de género.
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RENUNCIAS:
--Aumentar el plazo de excedencia hasta tres años por cuidado de
hijos o por familiar a cargo, hijo menor o ascendiente por consanguinidad o afinidad hasta 2
grado o cónyuge que no pueda valerse por si mismo, como causa de renuncia
justificada.
--Mantenimiento
de la posibilidad de renuncia para destinos a mas de 50 km.
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CESE INTERINOS:
--Por expiración periodo para que fue nombrado. Finalización
razones necesidad o urgencia. Cuando
se cubra por funcionario titular puesto vacante desempeñado por interino. Caso
titular no ocupara puesto, el interino continuara ocupándolo hasta cobertura efectiva. Si en
el órgano hubiera más de un funcionario interino ocupando vacante mismo
cuerpo, deberá cesara aquel que hubiera tomado posesión fecha más reciente en
el órgano, caso empate se atenderá
orden en bolsa.
--Interino en
sustitución cesara cuando se incorpore su titular, si por cualquier
circunstancia el puesto pasase a vacante, se le cambiara el nombramiento. Falta de alguno de los
requisitos. Por sanción por falta muy grave. Por manifiesta falta de
capacidad. Por supresión de la plaza. Por cumplimiento de la edad. Por
voluntad propia. Por problemas presupuestarios. Por agrupación familiar.
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CESE INTERINOS:
--Por expiración periodo para que fue nombrado. Finalización
razones necesidad o urgencia. Cuando
se publique BOE e inicie plazo
posesorio titular de un puesto vacante cubierto interino. Caso titular no
ocupara puesto, el interino continuara
ocupándolo hasta cobertura efectiva. Si en el órgano hubiera más de un
interino ocupando vacante mismo
cuerpo, cesará aquel que hubiera tomado posesión en fecha más reciente en el
órgano, con independencia de los cambios de nombramiento que se hubieran
producido. Caso de empate se atenderá
número orden en bolsa.
--Interinos
en sustitución cesaran cuando se incorpore su titular. Si por cualquier
circunstancia el puesto pasase a vacante, se le cambiara el nombramiento. Por falta o falsedad
requisitos. Por sanción por falta grave o muy grave. Por manifiesta falta de
capacidad o rendimiento insuficiente. Por supresión de la plaza. Por
cumplimiento de la edad. Por voluntad propia. Por problemas
presupuestarios. Por agrupación
familiar. Por no haber superado periodo de prácticas art. 10. Caso de
violencia de género y acoso laboral o mobbing. Etc.
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CESE INTERINOS:
--Supresión del cese por manifiesta falta de capacidad o bajo
rendimiento, o, en su caso, que se refiera únicamente al cese en un puesto
concreto pero no conlleve expulsión de bolsa.
--Cese
voluntario por motivo de conciliación familiar sin que conlleve sanción.
--Sometimiento
a la Comisión Paritaria o audiencia al interesado en todos aquellos supuestos
que conlleven sanciones de exclusión de bolsa.
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EXCLUSIONES Y REINCORPORACIONES:
-- Si el interino ha trabajado de forma
acumulada 360 días de servicio a contar desde último llamamiento, no
procederá nuevo nombramiento hasta transcurran 120 días desde ultimo cese,
salvo que la bolsa del cuerpo se agote, que será nombrado sin esperar la
congelación.
--Con la
reincorporación se actualizara el merito de la experiencia.
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EXCLUSIONES Y REINCORPORACIONES:
--En la mayoría de los supuestos el
interino se reincorpora a la bolsa. No
obstante cuando el interino haya prestado de forma acumulada al menos 360
naturales de servicio desde ultimo cese, no procederá nuevo nombramiento
hasta transcurran 120 días desde su cese, salvo se agote la bolsa del cuerpo,
en suyo caso podrá ser nombrado sin esperar congelación.
--No se
actualiza el merito de la experiencia con la reincorporación a bolsa.
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EXCLUSIONES Y REINCORPORACIONES:
--Reducción del periodo de congelación a 90 días.
--Actualización
de todos los meritos con la incorporación a bolsa.
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CUANTIFICACION INTEGRANTES BOLSAS:
--Cada una de
las bolsas estará integradas 100% plantilla provincial de cada cuerpo No se
incluirán en el porcentaje los interinos que estuvieran trabajando.
--Se
reservara 5% discapacitados grado igual o superior 33%.
--Se baremara
a todos los integrantes de las bolsas.
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CUANTIFICACION INTEGRANTES BOLSAS:
--Cada una de
las bolsas estará integradas 100% plantilla provincial de cada cuerpo No se
incluirán en el porcentaje los interinos que estuvieran trabajando.
--Se
reservara un 5% personas discapacidad física y 2% discapacidad intelectual.
--NO se
procederá a la baremación de todos los integrantes de la bolsa, hasta que no sea necesario.
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CUANTIFICACION INTEGRANTES BOLSAS:
--Que se proceda a la baremación de todos los integrantes de la
bolsa salvo los de la bolsa de reserva, a los que se baremará a medida que se
incorporen a la misma.
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PARTICIPACION E INFORMACION:
--Participación
e información a través de los Sindicatos y Juntas de Personal.
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PARTICIPACION E INFORMACION:
--Participación
e información a través de los Sindicatos y Juntas de Personal.
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PARTICIPACION E INFORMACION:
--Solicitamos
articular una herramienta que permita el acceso y consulta a cada una de las
bolsas provinciales y poder conocer la puntuación y lugar que se ocupa en
cada momento.
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